Sociedad

El Supremo confirma la condena a quince miembros del grupo neonazi Hammerskin

La sala de lo penal concluye que promovían ''el discurso del odio''

El Supremo recalca en su sentencia que era "tan patente" que el colectivo promovía "el discurso del odio" que incluso el término "odio" aparecía "proclamado escrito en los nudillos" de la mano de uno de los recurrentes.

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por quince miembros de la asociación Hammerskin España contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que en 2009 condenó estos integrantes de la organización neonazi a penas de entre un año y medio y dos años de prisión por asociación ilícita y tenencia ilícita de armas, declarando la ilegalidad de la banda por fomentar la violencia.

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A los condenados les fue incautada numerosa documentación de "ideología nazi", que "fomentaba la xenofobia", la "supremacía de la raza aria" y propagaban "el impulso del odio y la violencia", la "homofobia" o el "antisemitismo".

Los quince miembros de Hammerskin España fueron detenidos en marzo de 2004 en el marco de la "Operación Puñal", que se desarrolló en Madrid, Barcelona, Valencia y Guadalajara

 
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