Un juez ordena el cese cautelar de actividad de Uber en España
El juzgado de lo mercantil nº 2 de Madrid adopta la medida cautelar de prohibir este sistema en toda España a solicitud de la Asociación Madrileña del Taxi
Madrid
El juzgado de lo mercantil nº 2 de Madrid ha estimado la medida cautelar solicitada por la Asociación Madrileña del Taxi y ha ordenado el cese y prohibición de la actividad de Uber en todo el territorio Español. Una medida cautelar con una vigencia de 20 días que toma el magistrado indicando que “existen motivos que aconsejan que la adopción de las medidas se haga con la mayor brevedad posible ya que existen indiciariamente conductas ilícitas que se agotan en sí mismas como es el reiterado servicio de transporte de viajeros que se viene prestando desde hace semanas en Madrid, y con anterioridad en otros puntos del territorio nacional, con la afección directa al servicio público impropio del taxi.
El juez también ordena que se prohíba cualquier aplicación móvil o página web relacionada con Uber.
El juez defiende que este caso requiere una respuesta judicial previa ya que la aplicación funciona a través de internet y de forma instantánea: “La actual universalización de la comunicación y contratación por internet de un sistema que se sitúa presuntamente en el margen de la legalidad requiere una posible respuesta judicial previa en espera de la cognición plena en el proceso declarativo posterior”.
El magistrado también pone en movimiento a las empresas de telecomunicaciones, a los bancos e incluso al Ministerio correspondiente. A las empresas de telecomunicaciones les exige que suspendan “la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con UBER”. A las entidades bancarias, por su parte, que hagan lo propio con cualquier actividad económica de ingreso o pago en torno a esta plataforma, haciendo lo mismo con el Ministerio y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Medida cautelar de 20 días
El juez explica en su escrito que se trata de una medida cautelar que tendrá vigencia, en primer lugar, a partir del momento en que la Asociación Madrileña del Taxi aporte los 10.000 euros que exige el juzgado, y que quedará invalidada si los denunciantes no presentan dentro de 20 días la demanda correspondiente.
Una “deliberada vocación de opacidad”
En su escrito el magistrado también tiene en cuenta el hecho de que Uber desarrolla su actividad desde el paraíso fiscal de Delaware, en Estados Unidos, señalando que “según los notorios medios de comunicación se presenta con una deliberada vocación de opacidad” lo que según el magistrado “podría suponer una facilidad para situarse al margen de las leyes españolas y europeas”.