Política
ELECCIONES CANARIAS 2015

El Parlamento canario tiene un mes para constituirse

Antes del 23 de junio se tendrá que llegar a un acuerdo de gobierno, según el artículo 11 del Estatuto de Autonomía.

PARLAMENTO / EFE

Santa Cruz de Tenerife

El Parlamento de Canarias se constituirá dentro del plazo de los treinta días siguientes a la celebración de las elecciones, según se indica en el artículo 11 del Estatuto de Autonomía, con lo que la constitución será antes del 23 de junio.

En el artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Canarias se señala que el Parlamento canario, en la en la primera reunión de cada legislatura, elegirá una Mesa formada por un presidente, dos vicepresidentes y dos secretarios. El presidente será elegido por mayoría absoluta de los miembros de la Cámara.

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En la sesión constitutiva del Parlamento canario, se explica en su reglamento, el presidente de la Diputación Permanente llamará al diputado electo de más edad de los presentes para presidir inicialmente la sesión, así como a los dos más jóvenes, quienes actuarán en calidad de secretarios.

Los miembros de la Mesa de edad prestarán juramento o promesa de acatar la Constitución y el estatuto de Autonomía.

El presidente de la Mesa de edad declarará abierta la sesión abierta la sesión, y por uno de los secretarios se dará lectura al decreto de convocatoria, a la relación de diputados electos y a los recursos contencioso-electorales interpuestos, con indicación de los diputados electos que pudieran quedar afectos por la resolución de los mismos.

Los diputados electos, por orden alfabético, prestarán ante la Mesa de edad juramento o promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Canarias.

Se procederá seguidamente a la elección de la Mesa del Parlamento de acuerdo con el procedimiento previsto en los artículos 34 y 35 del reglamento de la Cámara legislativa canaria.

Concluidas las votaciones, los elegidos ocuparán sus puestos, y el presidente declarará constituido el Parlamento, levantando seguidamente la sesión.

La constitución del Parlamento será comunicada por su presidente al Rey, al presidente del Gobierno de Canarias en funciones, a las Cortes Generales y al Presidente del Gobierno del Estado.

 
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