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¿Amordazados o no?

La nueva ley de seguridad ciudadana, a debate con tres conocedores de la nueva norma: el decano de los abogados de Cartagena, un abogado-activista y un policía experto en formación

Murcia

¿Conoces la nueva Ley de Seguridad ciudadana? ¿Sabes por qué la llaman "Ley mordaza"? En la ventana hemos hablado de ello, escucha el audio y oirás tres posturas claramente diferenciadas.

La de José Muelas, Decano del Colegio de abogados de Cartagena:

Entrevista a Jose Muelas, Decano del Colegio de Abogados de Cartagena

03:15

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La de José Matéos, abogado del la Plataforma Antirepresión de Murcia:

Entrevista a José Mateos

04:08

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La de Alfonso Gálvez, Policía y Presidente del sindicato SPP:

Entrevista a Alfonso Gálvez del Sindicato policial SPP

06:15

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Mientras tanto, aquí tienes los cambios más importantes que incluye:

A partir de ahora se consideran "faltas muy graves", con sanción de entre 30.001 y 600.000 euros, las siguientes:

  • Manifestaciones no comunicadas ante lugares como el Congreso de los Diputados. (se incluyen también las asambleas regionales y se especifica que se multará "incluso aunque no estuvieran reunidos los representantes políticos en su interior".
  • Uso de explosivos sin autorización.
  • Proyectar haces de luz que puedan deslumbrar a conductores o pilotos.

También se articulan multas de entre 600 y 30.000 euros cuando:

  • Se "perturbe la seguridad ciudadana" en actos públicos con gran afluencia de personas.
  • Se causen desórdenes en la vía pública
  • Se impida el funcionamiento de los "servicios de emergencia". (Queda abierta a la interpretación si se refiere también a los policías)
  • Se coloquen, durante una protesta, barricadas.
  • Se impida "a cualquier autoridad" (y aquí está uno de los puntos más polémicos porque queda muy abierto y parece especialmente diseñado para que no se puedan frenar los desahucios) " el ejercicio legítimo de sus funciones en el cumplimiento de resoluciones administrativas o judiciales".

También se penaliza con la misma cantidad:

  • La desobediencia o la resistencia a la autoridad.
  • El uso no autorizado de imágenes o datos personales de policías que -lo dice así la ley- "pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes".
  • No identificarse (con DNI o similar) ante la policía
  • Mantener manifestaciones (o incluso reuniones) en lugares públicos "cuando ordenen su disolución lo ordenen las autoridades"
  • La entrada en las llamadas "infraestructuras críticas de la comunidad". (este asunto ha sido calificado como traje a medida contra las protestas de Greenpeace)
  • No colaborar con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos

Además, queda prohibido, y podría ser motivo de multa de hasta 30.000 euros:

  • Solicitar servicios sexuales en zonas de tránsito público o cerca de lugares destinados a menores.
  • Fabricar y almacenar armas o explosivos sin autorización
  • Negarse a inspecciones en cualquier espacio cerrado.
  • El uso "público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño".
  • El consumo o la tenencia ilícita de drogas, incluyendo el cultivo en algunos casos. También se incluye un polémico punto en el que se señala que se castigará "la tolerancia con el consumo de drogas" que ha indignado a los propietarios de bares porque también se considera ambiguo.

Y, por último, se incluyen también las siguientes faltas leves para las que habrá sanciones de 100 a 600 euros:

  • Contra la celebración de manifestaciones sin comunicar a las autoridades. 
  • Contra aquel que "cause daños a bienes muebles o inmuebles en la vía pública" e incluso el que "escalar edificios o monumentos sin autorización"
  • Contra la "exhibir de objetos peligrosos para la vida"
  • Contra "las faltas de respeto y consideración" cuyo destinatario sea un policía
  • Contra la ocupación de casas.
  • Contra la venta ambulante no autorizada.
  • Contra aquel que circule "sin tener la documentación personal legalmente exigida" y contra el que se niegue a darle esos documentos a un policía que se los exija.
  • Contra el que se salte "vallas, encintados u otros elementos" colocados por la policía. 
  • contra el que abandone animales domésticos. 
  • Contra el que consuma alcohol en lugares públicos "cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana".
Javier Ruiz Martínez

Javier Ruiz Martínez

Redactor de temas de sociedad, ciencia e innovación en la SER. Trabajo en el mejor trabajo del mundo:...

 
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