Sociedad

El nuevo Código Penal libra de juicio a varios activistas antidesahucios

La justicia desconvoca el juicio de faltas al que se enfrentaban más de diez acusados de irrumpir en el pleno de Moratalaz al quedar despenalizados los hechos en el nuevo Código Penal

Madrid

En una de sus primeras aplicaciones, el nuevo Código Penal ha tenido un efecto contrario al esperado: el juzgado de instrucción nº 11 de Madrid ha decidido desconvocar el juicio de faltas que iba a celebrarse en octubre contra una decena de activistas antidesahucios porque el texto que entró en vigor el pasado 1 de julio no reconoce los hechos - irrumpir en el pleno de la junta de Moratalaz - como una falta. En un escrito, el juzgado pide a los acusados que no comparezcan el día del juicio "al haberse despenalizado los hechos que fueron objeto de la denuncia, archivándose la presente causa". 

Se trata del proceso judicial seguido contra varios activistas antidesahucios, pertenecientes al colectivo Moratalaz D14, detenidos después de irrumpir en el pleno de la junta de distrito el pasado diez de marzo con pancartas protestando contra los desahucios. Un proceso que empezó por la vía del delito y que por orden de la Audiencia Provincial terminó siendo un juicio por una falta de desobediencia. 

Unos hechos que entonces suponían - según la justicia - una falta de desobediencia penada con multa de diez a sesenta días, y que con la nueva Ley de Seguridad Ciudadana o 'Ley Mordaza' serían una falta grave y hubieran acarreado multas de hasta 30.000 euros. Pero la reforma ha entrado en vigor en un momento en que permite a estos activistas situarse en un limbo legal: se les aplica el nuevo Código Penal - que despenaliza esta falta de desobediencia - por ser más beneficioso que el anterior, y no se les aplica la nueva 'Ley Mordaza' por ser más gravosa y no poder hacerse de forma retroactiva. 

En conversación con la Cadena SER, el abogado de varios de estos activistas, Erlantz Ibarrondo, celebra la paradoja pero asegura que en cualquier caso confiaba en la absolución de los activistas, la mayoría de los cuales fueron puestos en libertad por la propia Policía: "Era una evidencia jurídica que no era delito, lo dijo el juzgado de guardia, el de instrucción y la Audiencia Provincial ha dicho también que no, que era una falta, eso está por escrito".

Ahora, según explica, con la despenalización de las faltas "no hay delito, no hay falta y no tiene ningún tipo de repercusión jurídica", aunque es consciente de que sus clientes se han salvado por poco: "A partir de ahora, conjugando el Código Penal con la 'Ley Mordaza' se aplicará una sanción administrativa que para la Delegación de Gobierno es más jugosa". Para este abogado, "la situación anterior era mejor que la que viene ahora con el nuevo Código Penal y con la 'Ley Mordaza'".

 
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