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LEY DE RENOVACIÓN TURÍSTICA

Mogán, a favor de limitar el uso de los apartamentos a sus propietarios

La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, está a favor de regular el uso de los inmuebles en zonas turísticas. Considera que apartamentos y bungalós deberían reservarse a la explotación turística durante la mayor parte del tiempo y que "sus dueños puedan usarlo durante un mes al año".

Vista del Puerto de Mogán / Patronato Turismo Gran Canaria

Las Palmas de Gran Canaria

El municipio grancanario de Mogán está a favor de establecer que los propietarios de inmuebles situados en zonas turísticas los destinen al ejercicio de la actividad turística y no como su residencia principal o una segunda residencia. La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, ha explicado en la SER, que ahora mismo en su municipio tienen un problema "porque estamos ofertando un destino turístico, como Puerto Rico, y a la misma vez lo estamos residencializando." Para la alcaldesa, hay que buscar una solución que consiga que "los apartamentos y bungalós ubicados en zonas turísticas se destinen al turismo y que el mes que queda, que siempre dan los touroperadores, lo usen los dueños de los apartamentos y disfruten de su propiedad", explica Bueno que añade que "no se puede seguir permitiendo que haya un uso mixto en zonas turísticas, como pasa en Puerto Rico."

Según Onalia Bueno, el Gobierno de Canarias es el que debe buscar una solución para que las zonas turísticas no se conviertan en residenciales. La alcaldesa de Mogán explica que los más afectados por la situación actual son los empresarios que se dedican a la restauración y el ocio en su municipio porque "ya no les están viniendo la cantidad de turistas que les venían hace años y, además, los residentes no consumen tanto como los turistas."

La alcaldesa de Mogán comparte lo dispuesto en la Ley de renovación y modernización turística de Canarias, aprobada por el Gobierno de Canarias en mayo. Es un decreto que insta a los dueños de inmuebles situados en zonas turísticas a atenerse a las limitaciones respecto al uso impuestas por el planeamiento y la legislación sectorial o convencional que le sean aplicables. Según el decreto, cuando estos titulares no cumplan con este deber, la administración turística competente lo impondrá, para lo que, además de fijar la sanción que corresponda, dará un plazo no inferior a un año para que los propietarios incumplidores lleven a cabo las actuaciones necesarias para reconducir la situación.

 
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