Política

Anuladas dos multas a manifestantes de la Puerta del Sol por “desproporcionadas”

Un juzgado anula sendas multas de 300 euros impuestas a dos personas que se manifestaron en Sol en 2012 por entender que la Delegación no justificó la imposición del importe máximo

Manifestantes en la Puerta del Sol en agosto de 2011 / Kiko Huesca EFE

Madrid

El juzgado número 30 de lo contencioso-administrativo de Madrid ha decidido anular dos multas de 300 euros que la Delegación de Gobierno de la capital impuso a dos manifestantes que se negaron a abandonar la Puerta del Sol en abril y mayo de 2012 respectivamente cuando se lo ordenaron los agentes de Policía: según el juez Marcos Ramos Valles, la Delegación - entonces dirigida por Cristina Cifuentes - no justificó la imposición del importe máximo posible de la sanción, y eso lo convierte en una medida "desproporcionada". 

Se trata de dos sanciones idénticas impuestas a dos manifestantes "por su negativa a abandonar el lugar donde se había concentrado junto con un gran número de personas", una el 27 de abril de 2012 y otra un mes después, ambas en la Puerta del Sol. 

Las sentencias, ganadas por el equipo de abogados de LegalSol, explican que el máximo legal señalado para esta infracción leve era entonces de 300,51 euros, y que la Delegación impuso el límite superior sin justificarlo: "La resolución guardia absoluto silencio sobre este extremo y no hace mención alguna respecto de las circunstancias que se han tenido en cuenta para imponer la multa económica en su límite superior", explica en ambas sentencias.

El magistrado explica que las multas impuestas por la vía administrativa deben justificar su cuantía: "Deben ser impuestas en cada caso atendiendo a las circunstancias de graduación establecidas en la normativa aplicable, y deben expresarse las circunstancias que se han tenido en cuenta al respecto" para hacer efectivo el derecho de defensa de las personas sancionadas. 

 
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