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SUCESOS

"Te voy a matar" no es una expresión machista

Nueva sentencia controvertida de la Audiencia provincial de Murcia. No ha encontrado un componente machista en la expresión "hoy va a ser tu último día y te voy a matar", dirigida por un hombre a su esposa durante una pelea

Getty Images

Murcia

Es la eterna discusión judicial en torno al concepto de la existencia de un componente de "subyugación" o "dominación machista" en las amenazas. Jueces, fiscales y abogados han mostrado a esta emisora en varias ocasiones -en público y privado- su extrañeza ante esta disparidad de criterios a la hora de valorar este concepto porque no es la primera vez que pasa en Murcia.

En 2011, la Audiencia ya dictaminó que llamar "zorra" a una mujer no es un insulto porque, en una conversación entre adultos, puede ser -así lo dijo la Audiencia- sinónimo de "astuta" o "precavida".

La nueva sentencia de la Audiencia provincial estima el recurso que el acusado presentó contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Lorca (Murcia), que lo condenó por esa expresión como autor de un delito de amenazas en el ámbito familiar a la pena de nueve meses de prisión.

La Audiencia corrige al juzgado lorrquino y dice que no se ha acreditado que el acusado actuara movido por una actitud machista. Lo condena, por una falta de amenazas a seis días de localización permanente "en domicilio diferente y alejado del de su esposa, que deberá comunicar expresamente al Juzgado de lo Penal".

Los hechos ocurrieron en febrero de 2015 en el domicilio familiar, donde se produjo una discusión por temas económicos, "que fue subiendo de tono" hasta que el acusado profirió las frases amenazantes.

Ante esa situación,la esposa se refugió en el dormitorio de los hijos, "empujando el acusado la puerta del mismo".

Para la Audiencia de Murcia, en el contexto en el que fueron dichas, las palabras empleadas, "no reflejan ninguna voluntad de querer materializar dichas amenazas" y "no implican, por sí solas, que el acusado estuviera actuando por motivos machistas".

Concluye que "la amenaza vertida tiene que venir acompañada, necesariamente, de la prueba objetiva de ese contexto o situación machista, sin que el mero hecho de amenazar a la mujer u a otra persona convierta dicha amenaza, por sí misma, en una situación de dominación o subyugación del hombre hacia la mujer, cuando lo cierto es que esta también puede amenazar a un hombre".

Javier Ruiz Martínez

Javier Ruiz Martínez

Redactor de temas de sociedad, ciencia e innovación en la SER. Trabajo en el mejor trabajo del mundo:...

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