Sociedad | Actualidad

Absuelta una mujer acusada de ‘okupar’ un bar vacío en Malasaña

Un juez no encuentra pruebas de que la acusada ‘okupase’ el local donde estuvo el Marx Madera de forma regular además de acudir a dos eventos de carácter feminista en 2014

El número 9 de la calle Madera / Antonio Martín

El número 9 de la calle Madera

Madrid

El juzgado de lo penal nº 15 de Madrid ha decidido absolver a una mujer acusada de haber ‘okupado’ entre marzo y junio de 2014 el número 9 de la calle de la Madera, en el céntrico barrio de Malasaña, donde hasta 2011 permaneció abierto un local llamado Marx Madera. El magistrado no encuentra pruebas de que la acusada, tal y como sostenía la Fiscalía, permaneció en este centro social ‘okupado’ y bautizado como La Hoguera durante todo ese tiempo hasta que fue desalojado por la Policía, y dicta su absolución en una sentencia contra la que cabe recurso.

El número 9 de la calle de la Madera, en el barrio de Malasaña, albergó el local Marx Madera hasta 2011 tras 28 años abierto. Fue en marzo de 2014 cuando el local vacío fue ‘okupado’ con motivo de la celebración de la denominada Quincena de Lucha Feminista, con diversos actos y que transcurridos los actos buscaban, según explican en un blog, “ahondar en los debates transfeministas, experimentando y creando desde la posición de sujetos activos de argumentos, decisiones y prácticas”. El local fue desalojado por la Policía en junio de 2014 tras una denuncia interpuesta por la inmobiliaria propietaria del inmueble.

Un conflicto que ha terminado en una sentencia absolutoria para la única identificada por la Policía durante el tiempo de ‘okupación’ del antiguo bar, defendida por los abogados de Red Jurídica: explica el magistrado que no ha quedado demostrado que esta mujer estuviese de forma permanente dentro del local y no acudiese sólo a presenciar dos de los actos enmarcados en la denominada Quincena de Lucha Feminista.

La sentencia tiene en cuenta la declaración de varios testigos, entre ellos el representante de la inmobiliaria – que cuando fue a reclamar “no vio a la acusada dentro de su local” – al presidente de la comunidad de vecinos y también al administrador, sin que ninguno pudiese precisar si pasó los dos meses dentro del local, y por tanto sin poder atribuirle el delito de usurpación de bien inmueble por el que la Fiscalía pedía una multa de 900 euros y la inmobiliaria otra de 2.700 además de reclamar el pago de 7.500 euros de alquiler.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00