La jueza Núñez archiva la pieza política del supuesto fraude en la formación
La magistrada dice que no ha existido red clientelar porque de 18.000 subvenciones otorgadas sólo 39 empresas están relacionadas con personas vinculadas al PSOE
Sevilla
La jueza María Núñez ha decretado el archivo de la pieza política del supuesto fraude en los cursos de formación. La magistrada no aprecia ni prevaricación ni malversación de fondos públicos en la conducta de los nueve exdelegados provinciales de Empleo ni en la del exconsejero, Antonio Fernández, ni en la de los exdirectores generales o exjefes de servicio de la Junta que dictaron resoluciones o firmaron justificaciones en el trámite de la concesión de las subvenciones para la formación.
Estos exaltos cargos fueron detenidos en la primavera de 2015 en una operación de la Guardia Civil.
La magistrada explica que la investigación no ha constatado la existencia de una red clientelar. De hecho ofrece el dato, aportado por el PP, de que de las 18.000 subvenciones otorgadas, entre 2009 y 2012, sólo 39 empresas estaban vinculadas con el partido socialista y eso "no resulta significativo".
Y el hecho de que no ha existido red clientelar también se constata porque en ella tendrían que haber participado los empleados públicos de la Junta. "Para que el beneficiario fuera seleccionado arbitrariamente el funcionario, sentado en su mesa ante el ordenador, debería tener instrucciones específicas para ello y participaría en la trama organizada". Esta teoría le parece a la magistrada "poco probable por no decir inverosímil". A lo que añade, que no se ha probado la existencia de esa instrucción "ya sea verbal o escrita".
María Núñez sostiene que las resoluciones de exoneración que utilizó la Junta de Andalucía fueron un mecanismo para resolver el problema del retraso en la comprobación de las subvenciones, "impidiendo así que se paralizaran las políticas activas de empleo". Y por sí mismas esas exoneraciones no ocasionan malversación ni ponen en riesgo menoscabo de fondos públicos.
No se realizaron tampoco, manifiesta, para beneficiar a empresas concretas sino para impedir "el bloqueo en la tramitación de las subvenciones que se producía al no poder asumir la administración la labor de comprobar las justificaciones presentadas por los beneficiarios en tiempo y forma".
"La tesis de que la administración dolosamente haya dejado de emplear controles o los haya soslayado es difícil de sostener", dice el auto. "Con ello no queremos decir que la forma en que se hizo fuero absolutamente conforme a ley. La solución puede resultar nula o ilegal, pero ello no lo convierte sin más en un acto de prevaricación", afirma Núñez, basándose en el informe de la Intervención General.
La decisión de realizar exoneraciones masivas estuvo razonada en derecho y no estuvo provocada por el capricho o la arbitrariedad de los cargos que las dictaron.
El auto de archivo desbarata las tesis que mantuvo la Guardia Civil desde el principio con respecto a las justificaciones. La UCO se equivoca cuando describe los casos en los que no están justificadas las subvenciones. "Parten de un error" al argumentar que si una subvención aparecía como no justificada podría existir una malversación. "No todas las subvenciones que dice la Guardia Civil que no están justificadas efectivamente no lo están, el fraude no es sinónimo de prevaricación o de malversación; el menoscabo de fondos públicos tampoco".
"Abrir una causa penal por prevaricación y malversación sobre la base de un fraude o de manoscabo de fondos públicos asimilando los conceptos de fraude o menoscabo al de prevaricación o malversación es contrario a derecho y al principio de Legalidad", afirma la jueza Núñez.
El auto se puede recurrir.