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Control del tráfico en madrid

Guía para sobrevivir a los cortes de tráfico en Gran Vía y calles aledañas

Las preguntas que se hacen los conductores y las respuestas del Ayuntamiento de Madrid

Iluminación de la calle Gran Vía tras el encendido del alumbrado público navideño de Madrid. / Ballesteros (EFE)

Iluminación de la calle Gran Vía tras el encendido del alumbrado público navideño de Madrid.

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Madrid

La Gran Vía desde la Plaza de España hasta su confluencia con la calle Alcalá. La calle Atocha desde la Glorieta de Carlos V hasta la Plaza de la Provincia. La calle Mayor en ambos sentidos desde la calle Bailén a la Puerta del Sol.

También se prevén corte prolongados en función de la situación del tráfico y de la afluencia de peatones en cada momento, y por tanto se recomienda además limitar al máximo el tránsito por la calle Segovia entre la Ronda de Segovia y Puerta Cerrada.

Si bien igualmente podrían ser objeto de restricciones o cortes puntuales, las siguientes vías estarán abiertas con carácter general: Ronda de Atocha/ Ronda de Valencia desde la Glorieta de Carlos V hasta la de Embajadores. Ronda de Toledo hasta la Glorieta Puerta de Toledo. Gran Vía de San Francisco hasta Calle Bailén y Plaza de España.

Se mantienen también las restricciones de circulación permanentes en las cuatro Áreas de Prioridad Residencial existentes (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera)

Fotografía de la calle Gran Vía con la iluminación navideña.

Fotografía de la calle Gran Vía con la iluminación navideña. / EFE/Archivo/Ballesteros

Fotografía de la calle Gran Vía con la iluminación navideña.

Fotografía de la calle Gran Vía con la iluminación navideña. / EFE/Archivo/Ballesteros

Durante el período de aplicación de la medida, de los seis carriles de circulación quedarán habilitados dos (uno por sentido) en la mayor parte del recorrido, con excepción del tramo comprendido entre la calle San Bernardo y la Plaza de España en el que se habilitará un carril en sentido San Bernardo y dos carriles en sentido Plaza de España. Los otros cuatro carriles se dedicarán al tránsito de peatones.

La Gran Vía podrá atravesarse en vehículo a motor en sentido transversal pero no se podrá circular por ella, salvo transporte público y otras excepciones.

La celebración de las fiestas navideñas y de fin de año y Reyes conlleva -según explica el Ayuntamiento- un notable incremento de los desplazamientos de ciudadanos al centro. "Aunque la gran mayoría opta por la utilización del transporte público, en años anteriores se han registrado niveles muy elevados de congestión circulatoria y numerosas situaciones de saturación completa de los aparcamientos de rotación. Además, se produce una elevada congestión de las aceras y zonas peatonales, en particular en el eje de la Gran Vía".

Como consecuencia de estas circunstancias, en años anteriores la Policía Municipal con la ayuda de Agentes de Movilidad se ha visto obligada, en numerosas ocasiones y sin previo aviso, a realizar cortes circulatorios y establecer restricciones al acceso motorizado al centro por motivos de seguridad vial, movilidad y fluidez del tráfico que afectaban al transporte público colectivo, al servicio de taxi y a los servicios de la zona como carga y descarga y otros, al tiempo que reducían la capacidad de previsión y organización del tiempo de los ciudadanos.

En resumen, -añade el Gobierno municipal- "con estas medidas se trata de facilitar a los ciudadanos la planificación de sus desplazamientos, incentivar el uso, promover, facilitar, priorizar y mejorar la calidad del funcionamiento del transporte público colectivo, ordenar el funcionamiento adecuado de la carga y descarga y otros servicios de la zona, y proteger la seguridad física de los peatones y facilitar el tránsito masivo que tradicionalmente desarrollan en ese período en el Centro de Madrid, de forma compatible con el desarrollo de la actividad económica y los intereses de los agentes económicos de nuestra ciudad".

Las 24 horas del día en el siguiente período: durante todo el puente de la Constitución-Inmaculada (desde el 2 de diciembre a las 17 horas hasta el 11 de diciembre a las 22 horas).

El fin de semana del 16 al 18 de diciembre, empezando también el viernes a las 17 horas y terminando igualmente el domingo a las 22:00 horas.

Sin interrupción en las dos semanas de vacaciones escolares: del viernes 23 de diciembre a las 17 horas al domingo 8 de enero a las 22:00 horas.

Las limitaciones o prohibiciones impuestas no afectarán a los vehículos siguientes:

  1. Los de residentes en las calles de acceso restringido o titulares de plazas de aparcamiento en las mismas.
  2. Los que salgan de un garaje situado en la zona o se dirijan a él y los que salgan de una zona de estacionamiento autorizado. En todo caso, el acceso a aparcamientos públicos de rotación deberá hacerse siempre que sea posible a través de calles o rutas no incluidas en la restricción.
  3. Los que recojan o lleven a un inmueble de la zona a personas enfermas o que tengan reconocida la condición de movilidad reducida.
  4. Los de servicios de extinción de incendios, salvamento, policía, agentes de movilidad, ambulancias y sanitarios, servicios municipales de limpieza y recogida de residuos y en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos.
  5. Los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes, los del servicio Madrid City Tour, el autobús de la Navidad organizado por el Ayuntamiento de Madrid, y en general los de transporte público regular de viajeros.
  6. Los taxis.
  7. Las motos, ciclomotores, bicicletas y ciclos.
  8. Los vehículos que dispongan del distintivo o etiquetado “cero emisiones” establecido por la DGT y lo exhiban en lugar visible.
  9. Las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.
  10. Hoteles: los vehículos que accedan a hoteles y porten maletas o bultos pesados.
  11. Los vehículos destinados al transporte de detenidos, transporte funerario y grúas de remolque de vehículos.

Finalmente, podrán acceder también aquellos vehículos que a criterio de los Agentes de la Autoridad actuante deban acceder por razones de interés general o necesidad urgente inaplazable.

El Ayuntamiento de Madrid ha firmado una modificación del decreto del 24 de noviembre por el que restringe la circulación de vehículos privados por el centro de Madrid durante la navidad, para permitir que circulen los turismos con conductor (VTC) de Uber y Cabify, después que un juez admitiese un recurso que lo reclamaba.

La Unión Nacional de Autoturismos (UNAUTO) alega que el decreto original del Ayuntamiento no excluye los VTC de las restricciones de circulación establecidas, "lo que supone un perjuicio para una actividad que ofrece a los ciudadanos, un servicio de movilidad alternativo al coche particular, de calidad y con un gran valor turístico".

No. Los Policías Municipales y Agentes de Movilidad que realicen el control podrán solicitarle, en todo caso, información sobre tales circunstancias (residencia, acceso a garaje, etc…) o la documentación que ya obre en su poder como la tarjeta de persona con movilidad reducida, el documento nacional de identidad con indicación de su domicilio, etc…

Sí, con independencia de que sean de rotación (por horas o días), se disponga de abonos mensuales, sean de titularidad municipal o privados, de residentes, o cualquier otra circunstancia. En todo caso, siempre que sea posible se deberá acceder a los mismos evitando las vías restringidas.

Asimismo, es preciso tener en cuenta que en Navidad se produce de modo muy frecuente saturación en numerosos aparcamientos de rotación (por horas) de la zona, por lo que es recomendable consultar su ocupación antes de iniciar su desplazamiento en vehículo privado. La EMT pone a disposición pública la aplicación móvil “Parking Madrid” donde podrá encontrar la situación de ocupación de aparcamientos municipales en cada momento.

Sí, siempre que disponga de plaza de aparcamiento en la misma, sea ofertada por un hotel, en un aparcamiento público o por otro medio.

No obstante, es preciso tener en cuenta que en Navidad se produce de modo muy frecuente saturación en numerosos aparcamientos de rotación (por horas) de la zona, por lo que es recomendable consultar su ocupación antes de iniciar su desplazamiento en vehículo privado.

Sí. En todo caso, siempre que sea posible deberá acceder a su plaza de aparcamiento evitando las vías restringidas, e indicar a los agentes de la autoridad que se lo pudieran demandar esa circunstancia así como la ubicación de la plaza a la que desea acceder.

Se podrá acceder en moto pero, para facilitar el tránsito de peatones, no se permitirá aparcar en las aceras de Gran Vía, Callao y Red de San Luis. El Ayuntamiento habilitará no obstante zonas concretas para el estacionamiento de motos en las calles Reyes, Virgen de los Peligros, García Molina, Barquillo, Silva y Desengaño.

Si dispone de plaza de aparcamiento, podrá acceder a la misma en su vehículo sin restricciones.

Además, los vehículos que realicen carga y descarga en las vías de circulación restringida (Gran Vía, calle Atocha y calle Mayor) podrán acceder a las mismas sin limitaciones específicas entre las 23:00 y las 11:00 horas durante todo el período.

Este horario de carga y descarga afecta solo a las citadas vías, ya que el horario de carga y descarga en las Áreas de Prioridad Residencial o APR (8 a 15 horas los vehículos menos contaminantes y de 8 a 13 horas el resto de vehículos) y el requisito de disponer de la correspondiente autorización de acceso a APR no sufre alteraciones.

¿En las calles restringidas para estas fechas navideñas, se puede aparcar en plazas del SER?

En las calles de circulación restringida estará habilitada en todo momento la utilización de las plazas de aparcamiento del servicio de estacionamiento regulado (SER) en las condiciones habituales, si bien sólo podrán acceder el transporte público y otros vehículos excepcionados.

Los residentes en las vías donde se restringe la circulación (en particular en la Gran Vía, calle Atocha y Calle Mayor) y en aquellas otras a las que sólo se pueda acceder en coche desde las mismas tienen habilitado el acceso sin restricciones tanto para entrar como para salir.

En cuanto a las personas que residen en vías a las que se pueda acceder en coche por itinerarios alternativos que sean viables, deben utilizarlos con carácter general.

Si es titular de una plaza de aparcamiento para residentes en la zona podrá acceder a la misma en las mismas condiciones que para el resto de aparcamientos de la zona, es decir, siempre que sea posible evitando las vías restringidas.

Sí, podrán acceder con normalidad para esta finalidad, así como para el depósito de contenedores de obra en aplicación de licencias municipales o actos comunicados.

(Todos los datos han sido elaborados y facilitados por el Ayuntamiento de Madrid).

 
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