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Condenan a SACYL a indemnizar con 162.000 euros por la muerte de una niña durante el parto

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia establece mala praxis porque podría haberse realizado una cesárea si la madre hubiera estado monitorizada

Exterior del Hospital Clínico Universitario, donde tuvieron lugar los hechos / Google Street View

Valladolid

¿Cuánto vale la vida de una persona? ¿Cómo se compensa a los padres que han perdido a su hija por una acción evitable?

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condena a la Junta de Castilla  y León (SACYL) y a su compañía aseguradora a indemnizar con 162.441 euros a S.R.D y A.E.R. por la muerte del bebé a raíz de una defectuosa asistencia sanitaria.  

El abogado Santiago Díez explica en la SER la clave de la sentencia condenatoria

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El fallecimiento de la niña fue consecuencia de una mala praxis médica. Si se hubiera actuado como exigen los protocolos sanitarios de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia no se habría producido la tragedia. En la resolución judicial se establece que se podría haber detectado a tiempo la asfixia de la niña y, en consecuencia, se  podría haber practicado una cesárea de urgencia.

La sentencia, según informa la Asociación El Defensor del Paciente, es firme. 

"A.E.R. cuando contaba con 35 años, acudió a el 5 de septiembre de 2014 para la inducción al parto de su hija en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid. Doña A.E.R estaba calificada como de alto riesgo al concurrir en ella dos factores, diabetes gestacional (factor de riesgo anteparto) e inducción del parto (factor intraparto), ante esta situación el protocolo de la SEGO recomienda la monitorización electrónica fetal continuada pero no se siguió esta recomendación, sino que se llevaron a cabo controles en ventana, en diversos lapsos de tiempo. En dichos periodos, el Registro Cadiotocográfico presenta dos circunstancias que, añadidas al embarazo de alto riesgo, hacían necesario el control de la frecuencia cardiaca fetal de forma continua, cuales son que en este último registro existía actividad uterina, se evidenciaban contracciones, y se registraron dos deceleraciones del ritmo cardiaco fetal. Estas circunstancias obligaban a no retirar el RGCT de modo que hubieran sido advertidos los síntomas o signos de sufrimiento fetal que el feto indudablemente padeció entre este momento y la una de la madrugada cuando ya no fue posible localizar su latido cardiaco."

La falta de monitorización continua propició que no se detectaran las señales de alarma que forzosamente tenía que estar dando el feto. "Si hubiera estado monitorizada se hubieran podido detectar el estado de su hija y se habría podido actuar realizando una cesárea y evitando la asfixia de la niña".-

De hecho, llama la atención que durante el parto todas y cada una de las veces que miraron a la paciente fue porque ella lo reclamó. El personal asistencial no se acercó en ningún momento a la habitación en la que ella estaba ni le indicaron la frecuencia de los controles.

La paciente tuvo que demandar de forma insistente atención porque  no acudían a mirarla en ningún momento. De hecho, en el historial médico consta que es la propia paciente la que acudió al paritorio para ser explorada. 

Carmen Flores (Defensor del Paciente) considera "imperdonable" la mala praxis

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La niña presentaba dos vueltas del cordón umbilical, que causaron una hipoxia intrautero. La pequeña  estuvo en "constante sufrimiento, durante largo tiempo"; no se trató de unos minutos. 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León relata por qué hubo mala práxis:

“La menor fiabilidad de un método de monitorización frente a otro no debe dar lugar a considerar no patológico lo que lo es de acuerdo con el mismo, sino a lo sumo a una comprobación de los resultados obtenidos, lo que tampoco se hizo. (…) el registro debió ser mantenido de modo que se hubiera detectado la pérdida de bienestar fetal. Por este motivo, concluimos existió vulneración de la lex artis en la actuación médica”.

Carmen Flores, presidenta de la Asociación,  afirmó en la SER que aunque se pueden admitir algunos errores humanos "siempre se debe asumir la responsabilidad". No obstante, en este caso "no hay perdón porque es una muerte que podría haberse evitado". 



 
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