Sociedad

Cerrojazo a nuevos testimonios

La jueza ratifica su negativa a admitir los testigos propuestos por las partes y advierte a las defensas que no consentirá que se victimice a la denunciante

Sede de los Juzgados de Aranda de Duero / Cadena SER

Aranda de Duero

Ni el derecho a que se admitan diligencias probatorias es ilimitado ni existe el derecho a una instrucción indefinida. Con esta contundencia en su argumentación la jueza que instruye la investigación a tres jóvenes por agresión sexual a una menor a de 15 años deniega una vez más la petición de escuchar nuevos testigos en esta causa. Así queda de manifiesto en el nuevo auto en el que la titular del juzgado número 1 de Aranda desestima los recursos interpuestos por las partes para solicitar que reconsidere su negativa a incorporar nuevas pruebas en la instrucción. Pero la instructora no apela solo criterios jurídicos como la pertinencia o no de las pruebas o las dilaciones que provocan en el proceso. Su discurso se endurece cuando advierte expresamente a todas las partes que en este caso los investigados son los tres jóvenes que fueron denunciados por lo que “no va a consentir que se victimice a la denunciante (…) ni que se realicen ‘juicios morales’ sobre lo que son ‘actitudes propias(o impropias) de una niña que ha sido presuntamente agredida por tres hombres.”

La jueza realiza esta advertencia tras volver a argumentar que es inútil e impertinente llamar a declarar a una menor del entorno de los investigados que según las defensas podría proporcionarles una coartada. Su postura es idéntica por lo que se refiere a la petición de que testifiquen otros tres varones, dos de ellos también menores de edad. Y es que con estos testimonios la defensa pretendía poner de manifiesto cuál era el estado de la menor denunciante y su comportamiento durante los días posteriores a los hechos que denunció y cuál era la versión de lo ocurrido que ella misma contaba a las personas de su entorno.

Resulta significativa una de las citas literales del Tribunal Constitucional que incluye la jueza en los fundamentos jurídicos de este nuevo auto, de cuya sentencia 232/98 de 1 de diciembre extrae literalmente la siguiente cita que apela a “la necesidad de no alargar necesariamente la instrucción una vez constatada suficientemente la existencia de indicios racionales de criminalidad. De esta forma el órgano judicial, cuando se considere suficientemente informado por las pruebas practicadas para formar juicio concreto sobre los hechos, ha de proceder a la conclusión del sumario.”

Finalmente quedan también fuera de la instrucción las posibles grabaciones de cámaras externas que existieran en la calle en la que se encuentra el domicilio donde presuntamente ocurrieron los hechos, ya que la Policía Local ha informado de que no se conservan ya los documentos correspondientes a esas fechas.

Esta decisión de la jueza no es firme y puede recurrirse ante la Audiencia Provincial.

En cualquier caso la instrucción no se agota ni mucho menos con las pruebas testificales. Queda pendiente de realizar la prueba forense que permitiría comparar el grado de madurez entre la denunciante y uno de los denunciados, Víctor Rodríguez Viti cuya defensa contó con la aprobación de la jueza instructora a esta petición. De hecho se trata de una diligencia que también van a solicitar los representantes de los otros dos investigados.

 
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