La niña de 11 años y su hijo quedan a cargo de Servicios Sociales
La Consejería de Familia e Igualdad de la Región de Murcia asumirá de manera provisional la guarda de la niña de 11 años que el pasado viernes dio a luz en el hospital Virgen de la Arrixaca, así como la custodia de su bebé
Murcia
La Consejería de Familia e Igualdad de la Región de Murcia asumirá de manera provisional la guarda de la niña de 11 años que el pasado viernes dio a luz en el hospital Virgen de la Arrixaca.
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Lo lo ha confirmado a la Cadena SER una fuente autorizada de la consejería de Política social. También se hará cargo de la tutela del bebé, un varón que está en buen estado de salud.
Previsiblemente, la niña recibirá el alta del hospital donde dio a luz mientras sigue la investigación de la Policía Nacional.
Las primeras investigaciones apuntan a que el bebé es fruto de una relación entre la niña y su hermano, que tenían 13 años cuando se produjeron los hechos.
Según ha explicado la directora general de Familia y Políticas Sociales, Miriam Pérez, “la Unidad de Protección de Menores ha tomado estas medidas cautelares de guarda y tutela de la menor de 11 años y su hijo, aunque se va a seguir avanzando en la investigación y en el estudio de los informes que se están recibiendo de Policía, Juzgado, Servicios Sociales de Atención Primaria, Educación y centros de salud de referencia, con la finalidad de valorar su situación”.
Miriam Pérez recuerda que el Gobierno Regional tutela a un total de 1.191 menores, 340 de ellos están en sus centros de protección. En estos casos la Entidad pública asume la tutela de los mismos, suspendiendo a los padres o tutores legales de la patria potestad por situaciones de abandono, negligencia o cualquier otro indicador de desamparo.
La tutela de un menor en situación de desamparo se atribuye a la Comunidad a través de la ley, de tal forma que se convierte en su representante legal a todos los niveles, según fuentes de la consejería de Familia e Igualdad.
La Comunidad Autónoma asimismo podrá asumir, en cumplimiento de la obligación de prestar la atención inmediata a un menor, la guarda provisional de un menor, simultáneamente a practicar las diligencias precisas para identificar al menor, investigar sus circunstancias y constatar, en su caso, la situación real de desamparo. Se trata de una medida provisional mientras se sustancia el expediente.
La guarda es una responsabilidad en la esfera más personal del menor que conlleva la obligación de cuidarlo, alimentarlo, tenerlo en su compañía y procurarle una formación integral.
Toda tutela conlleva la guarda de un menor (que a su vez puede ser delegada en otras personas como son familiares -en los casos de acogimiento familiar- o directores de los centros de protección -acogimiento residencial-) pero se puede asumir una guarda sin tutelar a un niño, por ejemplo cuando los padres lo solicitan por graves circunstancias personales o bien cuando lo dispone un juez, explican las mismas fuentes.
Javier Ruiz Martínez
Redactor de temas de sociedad, ciencia e innovación en la SER. Trabajo en el mejor trabajo del mundo:...