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El TSJ plantea la inconstitucionalidad del decreto ley de plurilingüismo de inicio de curso

Considera que vulnera la Constitución al no existir extraordinaria y urgente necesidad

Archivo / Cadena Ser

Valencia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha acordado plantear una cuestión de inconstitucional frente al decreto ley 3/2017 por el que se adoptan medidas urgentes para la aplicación, durante el curso 2017-2018, de los proyectos lingüísticos en los centros educativos. Se recurre, por tanto, el decreto ley que se aprobó para facilitar el inicio de curso, un decreto que será derogado cuando entre en vigor la nueva ley de plurilingüismo, que ya ha sido aprobada en Les Corts.

La Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo considera que la norma, aprobada por el Consell el pasado mes de septiembre no hace sino mantener el modelo lingüístico sobre el uso del valenciano en las enseñanzas no universitarias recogido en el decreto 9/2017 que había sido suspendido por el Alto Tribunal meses antes.

Consideran los magistrados que la Conselleria de Educación no cumplió la orden de suspensión y que el decreto ley vulnera la Constitución por "arbitrariedad" al no existir extraordinaria y urgente necesidad para el dictado de tal norma.

En sendas resoluciones en las que se estima la petición de la Diputación Provincial de Alicante y de la Asociación para la defensa del Castellano en la Comunidad Valenciana, el TSJ explica que no se cuestiona la constitucionalidad intrínseca ni del primer decreto del plurilingüismo, suspendido este verano, ni del Decreto Ley 3/2017, sino si el decreto ley “impide o limita la ejecución de la suspensión del Decreto 9/2017”, el primero de ellos.

La decisión del TSJ de plantear cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional frente al decreto ley no puede ser recurrida.

 
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