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San Sebastián de los Reyes

La justicia da la razón a URBASER y anula la continuación de CESPA en el servicio de limpieza y basuras en Sanse

Aunque cabe recurso, el juez acusa al ayuntamiento de utilizar la ley para “mantener a CESPA” frente a una empresa con mejor oferta económica

Recogida de residuos sólidos urbanos en Sanse / Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes

San Sebastián de los Reyes

Para el juez se trata de “un caso de desviación de poder” que consiste explica, en la utilización de los mecanismos legales para lograr fines distintos a los señalados en la norma jurídica. La sentencia afirma que la Ley de Contratos busca el beneficio en este caso de los vecinos de San Sebastián de los Reyes y “no que se beneficie a tal o cual empresa, que es lo que aquí ha ocurrido”, afirma el magistrado.

El escrito judicial se remite a la resolución del Tribunal Administrativo de Contratación Pública que afirma es ejecutiva y obliga al ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes a adjudicar el contrato del servicio de limpieza y recogida de residuos del municipio al licitador que hubiera ofrecido la oferta económicamente más ventajosa, en este caso el demandante URBASER.

También recoge el perjuicio que para esta empresa supuso que el ayuntamiento mantuviera a CESPA en la ejecución del contrato mientras iniciaba un procedimiento de nulidad de pleno derecho basado en la falta de publicidad. El juez de lo contencioso administrativo número 3 de Madrid afirma que la explicación de la actuación del ayuntamiento se basa en “el deseo de mantener a CESPA en la ejecución del contrato”, “dejando de cumplir el acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratación Pública” y pidiendo una revisión de oficio a esta institución con unos argumentos de nulidad “que curiosamente había negado tenazmente” con anterioridad.

El juez condena en costas al ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y a la codemandada CESPA y estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por URBASER. De esta forma declara contrario a derecho y por tanto anula el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de febrero de 2017. Aquel acuerdo anulaba a su vez la aprobación del contrato y disponía la continuación del servicio por la codemandada CESPA S.A. Como la sentencia es recurrible – y lo harán tanto el ayuntamiento como CESPA – no se producirá ningún cambio en el servicio.

 
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