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Franquismo

Madrid podrá cambiar el nombre de las 52 calles franquistas de la capital

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la Fundación Francisco Franco

Calles Y Símbolos Franquistas, Franquismo, Calle De Los Mártires De Paracuellos / EUROPA PRESS - Archivo (EUROPA PRESS)

Madrid

El Ayuntamiento de Madrid podrá cambiar el nombre de 52 calles de la capital con reminiscencias franquistas que había propuesto el Comisionado de la Memoria Histórica del consistorio y que un juez había suspendido cautelarmente.

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La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la suspensión cautelar del cambio de nombre de las calles de reminiscencia franquista que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 23 de Madrid había decretado en un auto del 24 de octubre de 2017.  El tribunal madrileño señala en su resolución que "los firmantes del recurso de la Fundación Francisco Franco no tiene legitimidad para impedir el cambio de las calles con nombres de la Dictadura porque principalmente no son residentes en esas direcciones". 

Por tanto, los magistrados tumban la suspensión cautelar que estaba decretada desde octubre pasado y que había paralizado las decisiones del Comisionado por la Memoria Histórica.

El Ayuntamiento alegó en su momento que la ponderación de los intereses públicos y privados en conflicto no permitía la adopción de las cautelares por los perjuicios que generaría en su legítima potestad autoorganizativa y al interés público general. La Fundación Francisco Franco, por su parte, consideró "desproporcionada" la fianza de 60.000 euros que el juzgado le requería.

Ahora el TSJM destaca que "la medida cautelar puede denegarse cuando de ésta pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales". Recogiendo una sentencia anterior, el TSJM dictamina sobre los perjuicios que supone el cambio de la denominación que "los actores no pueden hacer valer los perjuicios de terceros, los residentes en dicha calle, ya que ninguno reside en ella". La decisión judicial es susceptible de ser recurrida en casación.

 
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