Sociedad
Caso La Manada

La sentencia de La Manada en diez frases

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra examinará en los próximos meses la sentencia que ha condenado a los cinco sevillanos a nueve años de cárcel a cada uno, y tendrá que decidir si fueron abusos sexuales o una agresión sexual

Lectura del fallo de la sentencia a la manada. / EUROPA PRESS EUROPA PRESS

Madrid

Las más de 130 páginas de sentencia que dictó la sección segunda de la Audiencia Provincial de Navarra encierran razonamientos de los dos jueces mayoritarios sobre todo lo que rodea a lo que finalmente calificaron como un abuso sexual. En los próximos meses, y tras los recursos anunciados por defensas, acusaciones y Fiscalía, el Tribunal Superior de Justicia tendrá que pronunciarse sobre la calificación legal de todo lo que sucedió esa noche en un portal de la calle Paulino Caballero de Pamplona: estos son algunos de los puntos clave de la sentencia

Ni violencia ni intimidación

Probablemente la frase clave de la sentencia, en la que los magistrados explican por qué optan por condenarles por abusos sexuales y no por agresión sexual: “Descartamos el empleo por los acusados de violencia o intimidación que integran el concepto normativo de agresión”, dicen. Es uno de los puntos más relevantes que tendrá que examinar el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y que combatirá la Fiscalía en su recurso ya anunciado.

En la sentencia, los jueces explican que la joven decidió someterse ante la superioridad de los cinco miembros de La Manada, pero que “las acusaciones no han probado el empleo de un medio físico para doblegar la voluntad de la denunciante, que con arreglo a la doctrina jurisprudencial implica una agresión real más o menos violenta, o por medio de golpes, empujones, desgarros; es decir, fuerza eficaz y suficiente para vencer la voluntad” de la víctima. 

“Bienestar, sosiego, comodidad, goce o disfrute”

Desde la primera de las 134 páginas, la sentencia deja claro que avala completamente el relato de la víctima, poniendo especial énfasis una y otra vez en la ausencia de consentimiento por su parte. Además del testimonio de la propia joven, analizan las imágenes grabadas por los acusados y repiten la misma frase tras estudiar cada fragmento: “No apreciamos ningún signo, gesto o actitud en la denunciante que nos permita reconocer bienestar, sosiego, comodidad, goce o disfrute en la situación”.

Concentración contra sentencia a 'La Manada' en Pamplona. / EUROPA PRESS

Ni los sonidos – que en ocasiones definen como “gritos de dolor” – ni sus gestos dejan la más mínima duda a los magistrados sobre la actitud de la víctima durante los abusos: “Está sometida a la voluntad de los procesados, quienes la utilizan como un mero objeto para satisfacer sobre ella sus instintos sexuales”, dice la sentencia en repetidas ocasiones.

Lo que no se ve

Los magistrados explican varias veces que los siete vídeos grabados por los condenados en el portal de la calle Paulino Caballero apenas muestran “un fragmento muy escaso” de los hechos y por tanto “ofrecen una versión sesgada y parcial” de lo que allí sucedió. Entre líneas, los magistrados explican que los acusados “interrumpen abruptamente la grabación” justo después de una imagen en la que la joven se muestra especialmente “atemorizada y sometida, agazapada, acorralada contra la pared por dos” de los acusados.

Carlos Bacaicoa ayer en el Palacio de Justicia / VILLAR LÓPEZ

Los magistrados explican sus sospechas: que los vídeos dejaron de grabarse cuando se acabaron las risas de los acusados, la joven empezó a “gritar de dolor” y uno de ellos dijo “illo, esto no tiene guasa”: dicen que “en este estado de evolución del desarrollo de los hechos, se interrumpieron de forma abrupta y con carácter definitivo las grabaciones. De ello podemos inferir que ante el cariz que estaban tomando los hechos, Antonio Manuel Guerrero decidió cortar definitivamente la toma de vídeos”.

“Jovial pero agitada”

En su momento, las defensas de varios acusados esgrimieron la actitud de la joven durante su declaración en el juicio para intentar restar credibilidad a su testimonio y al estrés postraumático que padece tras los hechos. Fue el letrado Agustín Martínez Becerra, abogado entonces de tres de los acusados, quien habló en su informe de “su peculiar forma de presentarse ante el tribunal, no mostrando el menor signo de abatimiento” y añadiendo que “su rictus” y su “manera de sentarse” eran “sin duda datos para valorar”.

Los jueces de la Audiencia despachan este asunto en apenas una línea, sin dar la menor importancia a cómo se sentó la víctima durante su declaración o sobre si se tocaba o no el pelo: “Estaba jovial pero agitada, moviendo nerviosamente la pierna”, se limitan a señalar.

“Cae por su propio peso”

Constituyó la principal línea de defensa de los acusados durante el juicio: las relaciones fueron consentidas y si ella denunció fue por despecho al haberse visto abandonada en el portal. Una afirmación que no vale nada para los jueces: “El argumento de los procesados relativo a que la denuncia fue una reacción de despecho por parte de la denunciante ante una despedida con “ninguna caballerosidad” cae por su propio peso”, dice la sentencia.

Ni robo ni intimidad

La acusación de la Fiscalía incluía una petición de casi cinco años de cárcel tanto por robar el móvil de la joven – robo con violencia – como también por grabar parte de los abusos – delito contra la intimidad – con sus teléfonos móviles, unas absoluciones que la Fiscalía todavía no ha aclarado si recurrirá ante el TSJN. En cuanto al robo, el guardia civil condenó reconoció durante el juicio que fue el autor y le condenan “ante el explícito reconocimiento por el procesado de la autoría del hurto, habiendo negado los restantes procesados en todo momento que hubieran participado en el apoderamiento del aparato y que conocieran la sustracción”.

Agustín Martínez Becerra, abogado de cuatro de los acusados / VINCENT WEST

Tampoco les condenan por haber grabado los abusos sin conocimiento de la joven ya que es un delito por el que no fueron acusados hasta el juicio y del que no pudieron defenderse: “No se han cumplimentado las exigencias vinculadas al derecho de defensa, que tiene como premisa ineludible el de ser informado de la acusación”.

La agente “desganada”

La agente de Policía Foral número 405 fue un regalo inesperado para las defensas de los acusados cuando, por primera vez en el procedimiento, afirmó en el juicio que ya en su primera declaración la joven le dijo que sabía que había sido grabada. Una afirmación que fue esgrimida por los abogados como la constatación de que la verdadera intención de la denuncia no era una violación sino intentar evitar que esos vídeos viesen la luz. 

Los magistrados restan importancia y credibilidad al testimonio cuestionando que, de ser cierto que la joven dijese eso en su primera declaración, no fuese incluido en la denuncia. "Se presenta como desganada y por tanto escasamente ilustrativa", concluyen los jueces en la sentencia. 

“Toda una vida por delante”

Otra de las maniobras fallidas de las defensas pasó por analizar la vida de la joven posteriormente a los hechos con el objetivo de restar peso al estrés postraumático que padece y buscando, al fin y al cabo, adelgazar las posibles indemnizaciones. Una de las defensas pagó a detectives privados para que siguieran a la joven – una prueba finalmente no aportada al juicio – y otra analizó una imagen subida a su cuenta de Instagram. Una prueba que para los jueces “parece ignorar deliberadamente que se trata de una persona joven que debe superar este trance. El mundo no se paró para ella la madrugada del 7 de julio, tiene toda una vida por delante y no se observa que en modo alguno haya de llevar una vida de ermitaña”.

EL INSTAGRAM DE LA VÍCTIMA

<p>Los jueces han criticado en su sentencia que las defensas hayan intentado juzgar la vida que ha llevado la víctima tras los hechos</p>

La sentencia también acusa veladamente a una de las defensas de jugar sucio con los detectives privados, hablando de “conductas difícilmente justificables”.

Los conocimientos del guardia civil

Antonio Manuel Guerrero, uno de los acusados, es Guardia Civil, aunque será expulsado del cuerpo si su condena es declarada firme en los tribunales. Su condena por el robo del móvil de la víctima antes de salir del portal es el único punto en común que tienen los tres jueces del tribunal, y la sentencia explica que robó el móvil sabiendo que así dejarían a la víctima sin capacidad de reacción: “Dada su condición de agente de la Guardia Civil , por tanto con una especial formación en la investigación de delitos, sabía o podía conocer que sustrayendo el teléfono impedía la reacción inmediata de la denunciante y las posibilidades de pedir ayuda o contactar con cualquier persona”.

"No pensé que iba a ocurrir lo que ocurrió”

La sentencia se hace eco de numerosos pasajes de la declaración de la joven durante el juicio, que se celebró a puerta cerrada el pasado mes de noviembre en el Palacio de Justicia de Pamplona. "Me sorprendió mucho la forma en que me cogieron pero lo que he dicho antes, yo no me imaginaba que iba a suceder lo que pasó, yo sé que... yo sinceramente lo que pensaba es que íbamos a entrar al portal porque querían fumarse un porro, así hablando un poco mal, pero es lo que pensaba que iba a pasar; entonces no me... o sea, me sorprendió la brusquedad pero no pensé que iba a ocurrir lo que ocurrió.”

 
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