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Comienza la cuenta atrás para vender el Recre

El pleno aprueba el pliego de condiciones y será publicado en el BOP

Ayuntamiento de Huelva

Huelva

El Consistorio se quedará con el 8% de las acciones del club para blindar su potestad de control y fiscalización; y, como ha precisado Cruz, “ponemos como condición que, antes de la firma de la escritura, el adjudicatario pague 650.000 euros”. Un montante destinado a garantizar que el Recre participe la próxima temporada en Segunda B, atendiendo a las deudas con los jugadores, a pagar a la AFE y a dar cumplimiento a los términos recogidos en el concurso de acreedores.

SER Deportivos Huelva (28/05/2018)

40:00

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Aunque el tipo de licitación mejorable al alza -en función de la tasación de las acciones- es de cero euros, el expediente recoge una serie de obligaciones económicas por las que el comprador debe reembolsar al Consistorio los 1.804.144 euros que éste, como responsable solidario con el club, adelantó a la Tesorería General de la Seguridad Social; así como los 7.515.180 euros que la Administración municipal anticipó a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Con esta iniciativa se da cumplimiento al compromiso contraído por el alcalde y el equipo de Gobierno cuando se expropiaron las acciones de velar por la protección del BIC evitando su desaparición para, cuando fuera posible, volver a ponerlo en manos privadas, siempre y cuando se acredite la solvencia y experiencia deportiva del futuro propietario. Un paso que se ha dado en circunstancias más favorables a las del año pasado, toda vez que el Consistorio intervino firmando el convenio singular con Hacienda para levantar el embargo que pesaba sobre el Recre.

Velando por el cumplimiento de las obligaciones económicas, se establece la pignoración de las acciones objeto de venta, así como la resolución de la compraventa en caso de incumplimiento total o parcial de dichas obligaciones.

Como garantía de futuro, el pliego marca que la enajenación de las acciones se realizará bajo la condición de que, quienes adquieran las mismas, ya sean personas físicas o jurídicas, en caso de proceder a su ulterior venta, deberán hacer constar en los contratos que a tal efecto suscriban la expresa subrogación del comprador en todos y cada uno de los compromisos establecidos en el pliego y asumidos por el vendedor frente al Ayuntamiento de Huelva, debiendo obtener el previo consentimiento de éste a tal fin y al objeto de comprobar el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos. El incumplimiento de dicha condición tendrá carácter resolutorio del contrato de compraventa. Esta condición se hará constar también en las sucesivas compraventas de acciones, en caso de producirse.

 
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