Sociedad
MEDIO AMBIENTE

El 1 de junio entra en vigor la ordenanza reguladora de playas en Lorca

El reglamento reserva dos playas para la práctica del naturismo, en La Junquera, y el baño con mascotas, en Playa Larga

Foto: Ayuntamiento de Lorca

Lorca

Este próxmo viernes 1 de junio entra en vigor la ordenanza municipal de playas en Lorca. Con ella el Ayuntamiento lorquino quiere regular la utilización de las 13 playas con las que cuenta en sus 9 kilómetros del litoral prácticamente virgen.

El texto también ha resuelto otras cuestiones, como el establecimiento de zonas para la práctica de nudismo y para la presencia de mascotas. En el primero de los casos la cala designada es La Junquera, mientras que en el segundo ha sido Playa Larga.

En la antena de 'Hoy por Hoy' hemos hablado con la concejala de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Lorca, Satur Martínez, sobre esta nueva ordenanza.

Entrevista a Satur Martínez/ Ordenanza playas Lorca

05:16

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Junto con la entrada en vigor de esta ordenanza, el 15 de junio comenzarán también las restricciones en los accesos de vehículos a las playas incluidas en el Parque Regional de Cabo Cope-Puntas de Calnegre, que sería la Cala de Calnegre, el Siscal y el Baño de las Señoritas.

Es una medida similar a la que ya implantó la Comunidad Autónoma en el parque de Calblanque, con el objetivo de evitar masificación en el entorno. Para ello, se establecerán horarios con aparcacamientos disuasorios y autobuses lanzadera.

Conductas sancionadas

La ordenanza regula y sanciona las conductas de los usuarios de las playas, que tendrán prohibido, por ejemplo, la realización de juegos y ejercicios, en el mar o en la arena que puedan molestar al resto de usuarios,.

También queda prohibido el estacionamiento de vehículos en los accesos a las playas que supongan obstáculos a vehículos de limpieza o emergencias; el estacionamiento y la circulación de vehículos a motor por la playa o el aparcamiento en zonas con vegetación ornamental o autóctona.

La ordenanza prohíbe acampar y pernoctar en la playa por la arena; queda prohibida la navegación deportiva y de recreo en zonas de baño y la práctica de deportes somo el surf o la moto náutica dentro de la zona señalizada y destinada a tal fin en la zona de baño.

En esa zona de baño también se prohíbe la pesca entre las 9 y las 21 horas de junio a septiembre, aunque podrá practicarse en zonas de rocas, escarpaduras o acantilados y queda también prohibida la entrada o salida del mar de pescadores submarinos con el fusil cargado.

Prácticas como encender fuego en el suelo de la playa, realizar barbacoas o disparar pirotecnia también están expresamente prohibidas en el texto, al igual que el acotamiento o parcelación de las zonas de playa con enseres.

La ordenanza prohíbe la venta en la playa, el consumo o venta de drogas, el vertido de basuras o las agresiones a la flora y la fauna autóctona.

El cuadro sancionador incluye multas de entre 100 y 3.000 euros en función de la gravedad de la infracción y el nuevo texto entrará en vigor 15 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Región.

 
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