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El Defensor del Pueblo recomienda a Educación cambiar el modo de contratación de los docentes del IES San Mateo

Cuestiona la situación administrativa de las comisiones de servicio, situación en la que se encuentra la plantilla de este centro que es paradigma de un modelo de excelencia impulsado por Esperanza Aguirre en 2011. Considera que la Administración está haciendo una interpretación inadecuada de la ley, que considera estas comisiones como algo excepcional y de duración limitada.

Esperanza Aguirre junto al director del IES San Mateo, Horacio Silvestre, durante una visita al centro , a finales de 2011 / COMUNIDAD DE MADRID

 El Defensor del Pueblo pone en tela de juicio el criterio por el que se le selecciona al profesorado del IES San Mateo, un centro de educación secundaria que es paradigma del Programa de Excelencia de Bachillerato impulsado por el gobierno de Esperanza Aguirre en 2011. En una resolución a la que ha tenido acceso la Cadena SER, que responde a una denuncia de un ex docente que solicitaba al Defensor que investigara el modo de contratación de la plantilla en este centro, pide  a la Consejería de Educación que rectifique y acabe con un modelo de contratación criticado por muchos de los ex docentes, que lo consideraban un procedimiento arbitrario y al filo de la irregularidad.

Desde que se implantó el programa de Excelencia de Bachillerato en la Comunidad de Madrid, a través de una prueba piloto en este mismo centro en el curso académico 2011-2012, la plantilla del IES San Mateo, un total de 17 docentes incluido el equipo directivo, trabaja en este centro en comisión de servicios. Esto es, no existe en la plantilla funcionarios de carrera con destino definitivo en dicho centro, sino que la dirección del instituto selecciona a la plantilla, así como la duración de sus servicios en el centro. Lo que en la práctica se traduce en contrataciones a dedo por su director, una práctica propia de la empresa privada que en el San Mateo se realiza desde 2011 a pesar de ser un centro público. La plantilla ha cambiado desde 2011, pero al menos hasta el curso 2017/2018 -según la Defensoría del Pueblo- todo el equipo docente trabajaba ahí en comisión de servicios. Desde los comienzos del programa de excelencia, los docentes en comisión de servicios han sido 34, y la duración de las comisiones ha oscilado entre 1 y 7 años, no habiendo habido ninguna asignación de plazas a docentes por consurso en el centro desde 2011.

La resolución del Defensor del Pueblo pone de manifiesto que el San Mateo, con el beneplácito de la Consejería de Educación, ha abusado de un modelo de contratación que efectivamente que a pesar de estar amparado por la Ley Educativa, esta lo considera como "excepcional", por lo que según el Defensor, las comisiones de servicio no pueden prolongarse más de dos años, y pide a Educación que acabe con los puestos que lleven más de dos años en esta situación administrativa. Las comisiones de servicio está regulado en el art. 81.3 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que textualmente dice: "En caso de urgente e inaplazable necesidad, los puestos de trabajo podrán proveerse con carácter provisional debiendo procederse a su convocatoria pública dentro del plazo que señalen las normas que sean de aplicación." De hecho existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que subraya que las comisiones de servicios existen solo con carácter excepcional. Así lo dice la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 30 de Marzo de 2009. También el Defensor del Pueblo se pronunció en 2015 sobre las comisiones de servicio, recordando que "Lla comisión de servicios se caracteriza por ser un sistema de provisión de puestos de trabajo sujeto a la cobertura de una urgente e inaplazable necesidad (...) lo que implica la no permanencia de este sistema de cobertura de un puesto de trabajo, precisamente, para no prolongar estas situaciones provisionales y temporales.

Contrataciones y despidos  con la opacidad de la Consejería

Esta forma de contratación a través de comisiones de servicios no se aplica en ninguna otra de las 13 aulas de bachillerato de excelencia que se abrieron tras el experimento inicial del San Mateo, y además no solamente permite la contratación arbitraria del profesorado, sino también su despido. El criterio de renovación de estas comisiones de servicio pasa por las necesidades del centro cada curso, por lo que la estabilidad del personal docente en el centro no puede estar garantizada y depende del criterio del director.

Esta fue la primera respuesta que la Consejería de Educación trasladó al Defensor del Pueblo después de que esta institución iniciara una investigación sobre el supuesto despido irregular de un profesor en el curso 2015-2016, que el Defensor aceptó a trámite al considerar que Educación debía aclarar la forma en la que el centro contrata y no renueva las comisiones de servicio de los profesores.

Defensor del Pueblo

El docente en cuestión, Ángel de Andrea, ha relatado a la SER cómo accedió a trabajar en este centro y cómo fue despedido. Asegura que envió su currículum al correo personal del director del centro, Horacio Silvestre, y que este, después de una entrevista, aceptó que se uniera al centro a través de la fórmula administrativa de la comisión de servicios. Una fórmula que el propio Andrea define como "opaca e inusual en la administración pública"; arbitrariedad que también utilizó la dirección del Instituto para no renovar dicha comisión dos cursos después.

Requerimiento del Defensor a Educación

Requerimiento del Defensor a Educación / Defensor del Pueblo

Después de que no le renovaran la comisión de servicios en el San Mateo, y ante "la falta de explicaciones y la arbitrariedad con la que me despidieron, a través de un correo electrónico", Ángel de Andrea decidió elevar una queja ante el Defensor del Pueblo. Consideraba que la no renovación fue una decisión totalmente arbitraria por parte del director del centro, Horacio Silvestre. Y pedía al Defendor que aclarara si la generalización de la comisión de servicios en toda la plantilla era una práctica regular. La Defensoría del Pueblo aceptó dicha queja en abril de 2017 e inició una investigación y pidió documentación y explicaciones sobre la situación administrativa de los docentes del San Mateo a la Consejería de Educación de Rafael Van Grieken. Pero la Consejería asumió una actividad poco activa con las peticiones del Defensor. En abril la Defensoría del Pueblo requirió a Educación que le trasladara información relativa al centro. En junio de ese mismo año, y ante la tardanza de Educación, que no había trasladado la información requerida al Defensor, éste volvío a requerirle la información, esta vez de forma urgente. Dos meses después, y anta la falta de respuesta, recordó a Educación por carta "su inexcusable deber de colaboración".

Hasta octubre de 2017 Educación no trasladó información al Defensor. Por carta le explica que el hecho de que la plantilla esté en comisión de servicios "viene determinada por diversos factores, entre los que se encuentra la continuidad de las necesidades del centro". Sin embargo esta explicación -como se comprueba en la imagen- no satisface al Defensor, que considera que "la información recibida no se clarifica adecuadamente la actuación administrativa en relación a las comisiones de servicio", por lo que vuelve a exigirle explicaciones a la Consejería. Pero Educación continuará sin aclarar esta situación, por lo que en diciembre de 2017, una vez más, la Defensoría del Pueblo, solicita a la Administración que de explicaciones de forma urgente. Y en enero, ante la falta de respuesta, recuerda por segunda vez la "inexcusable deber de colaboración" de la Consejería con la investigación del Defensor.

Finalmente en marzo de 2018 Educación responde al defensor explicándole que la ley ampara que el director del centro proponga las comisiones de servicio de cada uno de los docentes. Sin embargo el Defensor considera que no explica por qué razón el profesorado lleva desde 2011 en Comisión de Servicios y le pide de nuevo explicaciones, porque "no se da respuesta a toda la información que se le ha solicitado".Finalmente, el 16 de julio de este año, el Defensor decidió formular una resolución de la investigación sobre la situación administrativa del profesorado. En esta resolución, el Defensor explica que no está conforme con la explicación de la Consejería, que justifica que la ley permite que los centros tengan docentes en comisión de servicios. Sin embargo, el Defensor considera que esta situación "excepcional" no debe alargarse más de dos años y le insta a que proceda a proveer mediante el sistema de concurso de traslados los puestos de trabajo del Instituto "San Mateo" que lleven ocupados más de dos años en esta situación.

Preguntados sobre el asunto y los motivos del retraso en contestar al Defensor, Educación ha explicado a la SER que el San Mateo "es un centro que tiene unas características especiales en relación a la selección del profesorado y demás cuestiones organizativas, y que ambas cuestiones están contempladas en la ley educativa". Preguntados sobre si están abusando del carácter excepcional del uso de las comisiones de servicio y si van a acatar la resolución del Defensor del Pueblo, no han contestado a esta redacción. Las recomendaciones del Defensor del Pueblo no son vinculantes, pero son propuestas para que la administración modifique la interpretación de una norma o incluso la creación de una nueva.

Enrique García

Enrique García

(Sevilla, 1994) Corresponsal en Bruselas, siguiendo y explicando la política comunitaria. Antes, redactor...

 
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