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Condenado un matrimonio a dos años de cárcel por construir dos casas en Fuentes Carrionas

La Audiencia de Palencia revoca una sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal

Condena en Palencia por un delito contra la ordenación del territorio / Getty Images

Palencia

La Audiencia Provincial de Palencia, con esta sentencia a la que ha tenido acceso Diario Palentino y que se considera ya firme, ha revocado la primera resolución dictada por el Juzgado de lo Penal, que absolvió a la pareja al considerar que el delito había prescrito. Ambos son condenados a dos años de cárcel y al pago de una multa cada uno de 6.480 euros por un delito contra la ordenación del territorio. La resolución de la Audiencia Provincial ha tenido lugar ahora a consecuencia del recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal y la acusación particular ejercida en este largo procedimiento (iniciado en 2007), cuyos intereses legales han sido defendidos por el abogado palentino José Luis Aguado Rojo.

 LOS HECHOS. Los hechos juzgados se remontan al año 2000, cuando M. M. C. era propietaria de una parcela en el polígono 1 de Arbejal, en el pago Del Campo, término de Cervera. Dicho terreno, de acuerdo con el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), se ubicaba en el Parque Natural Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina, introducido por la Junta dentro del Plan de Espacios Naturales Protegidos y declarado zona de uso compatible, por la que se establecía la prohibición de construcciones que fuesen a ser utilizadas como viviendas. La acusada, sin haber obtenido licencia, y consciente de la ilegalidad de las construcciones, promovió junto con su esposo la construcción de dos edificaciones, una destinada a vivienda familiar y la otra una cochera, así como el cerramiento perimetral de la finca con bloques de hormigón con tres entradas con puestas practicables, y finalmente una escollera y una escalera de acceso al río.

El tribunal sostiene que aprovechando la realización como obra pública de un emisario para la recogida de aguas residuales en la zona a finales del año 2007, los acusados promovieron la construcción de una canalización desde el interior de su vivienda que discurría hasta aquel emisario en construcción y que, por tanto, las obras de ejecución se extendieron desde el año 2001 al 2007.

J.A.F.R., marido de M.M.C., participó de igual forma, a juicio de la Audiencia Provincial, en la realización de las obras, como promotor, teniendo en cuenta que era integrante de la junta municipal de Arbejal y funcionario del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga. La Sala expone en su dictamen que «es muy significativo que lo que empezó siendo un simple recinto para aperos y cochera se ha convertido en una vivienda familiar de dos plantas, cochera, cerramiento, jardín y piscina, y ello en pleno terreno rústico con protección natural y sin licencia, ni habilitación para la modificación puntual de las normas urbanísticas de Cervera».

 ABUSO DE PODER. Además, mantiene que concurre una actuación derivada de la concurrencia de «abuso de poder». Es decir, tanto la construcción del emisario como el intento de modificación del Plan Urbanístico de Arbejal tenían como finalidad, por un lado, legalizar la obra iniciada por los acusados y, por otro, dotar de saneamientos esenciales a su vivienda familiar.

«Ello supone que la construcción del emisario es parte esencial en la consumación del delito. La prueba documental es por si sola muy elocuente. Así, la construcción del emisario de aguas residuales se adjudicó por el Ayuntamiento de Cervera en acuerdo del 8 de agosto de 2007 y la conclusión se certificó el 20 de febrero de 2008», añade la Sala.

La Audiencia mantiene que «la progresión delictiva» no hubiera sido posible sin la participación directa y como autor el acusado, «pues conoce que se construye en terreno

 
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