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Violencia machista

Fiscalía pide prisión permanente para el acusado de matar a su hijo en Oza

Marcos Mirás, en su detención / Atlas

Marcos Mirás, en su detención

A Coruña

La Fiscalía ha solicitado la prisión permanente revisable para un hombre acusado de matar a su hijo golpeándolo con una pala metálica en la cabeza el día 7 de mayo de 2017 en un bosque de la localidad coruñesa de Oza-Cesuras.

En el escrito de acusación, el Ministerio Público considera Marcos Mirás que cometió el crimen "con la única finalidad de causar daño psíquico a su mujer por no haber aceptado reanudar la relación con él" tras el divorcio. De este modo, sostiene que "ideó un plan y lo ejecutó fríamente, sin importarle la vida de su hijo y asegurándose de que el menor no fuese socorrido".

Asimismo, la fiscal también ha solicitado que sea condenado a la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de su exmujer y a no comunicarse por ella por ningún medio durante cinco años más que la duración efectiva de la pena de prisión permanente revisable. Deberá abonar también una indemnización de 167.500 euros a su excónyuge.

Procede a juzgar al acusado por delito de asesinato y de lesiones psíquicas, con el agravante de parentesco, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de A Coruña, entre el lunes 24 y el viernes 28 de septiembre, a las 10,00 horas.

Proceso de divorcio y régimen de visitas

El acusado y su ahora exmujer se divorciaron el 27 octubre de 2009. La sentencia de divorcio fue revocada parcialmente el 17 de diciembre de 2010 debido al recurso interpuesto sobre la cuantía de alimentos para satisfacer al hijo de los cónyuges -Javier, la víctima del suceso-, abonando a su expareja 200 euros mensuales.

Asimismo, tal y como ha explicado la Fiscalía, en la sentencia de divorcio inicial se estableció como régimen de visitas que el niño, a partir de los cuatro años, podría ver a su padre los fines de semana alternos, entre las 20,30 horas del viernes y las 20,30 del domingo. El menor se entregaría y recogería en el centro Fonseca de A Coruña, que ejercería de punto de encuentro. También se estableció un régimen para los periodos vacacionales.

En concreto, el Ministerio Público ha asegurado que el régimen de visitas, hasta el hecho del que se le acusa, se desarrolló "dentro de la normalidad". Además, ha afirmado que la convivencia de la pareja era "difícil", por lo que la mujer abandonó con su hijo el domicilio familiar el 20 de octubre de 2008, momento en el que interpuso la demanda de divorcio.

Sin embargo, para la Fiscalía, el acusado "no aceptó" la ruptura, hasta el "extremo" de que desde esa fecha y hasta, "al menos", el 22 de diciembre de 2008, le mandó reiteradamente mensajes telefónicos a la mujer, "de contenido amenazante y alarmista", con el objetivo de que retomase la relación.

Primeras amenazas por redes sociales

Por estas amenazas, tal y como ha asegurado el Ministerio Público, el acusado fue condenado por continuadas coacciones el 23 de septiembre de 2009. Así, se le impusieron penas de 9 meses de prisión, prohibición de aproximarse y comunicarse con su mujer durante 3 años y la privación del derecho a poseer y portar armas 2 años. Todas estas penas se cumplieron años antes del presunto asesinato.

En concreto, la mujer presentó denuncia el 13 de enero de 2013 contra su exmarido por amenazas emitidas a través de una red social y correo electrónico, pero las diligencias previas fueron archivadas al no quedar acreditada su autoría.

Asimismo, también se siguió un procedimiento de modificación de medidas definitivas, en el que la mujer buscaba un incremento de la pensión alimenticia. Este recurso también fue desestimado el 31 de mayo de 2016.

El acusado no asumió el divorcio

En este sentido, según indica el escrito de acusación, el presunto asesino no asumió el divorcio, por lo que le comunicó al hermano de su exmujer, a través de dicha red social el 25 de abril de 2017, que "la última palabra no está dicha en esta historia; el daño ya lo hicisteis hace tiempo y las dos únicas cosas que podían hacer daño, por suerte o por fortuna, no están en vuestra manos... todo en esta vida tiene un punto final... el caso es que nos guste a todos".

El hermano no transmitió el mensaje a la mujer para no inquietarla. No obstante, tal y como ha explicado la Fiscalía, el acusado en su perfil ya meses antes había escrito "no es una amenaza, es un aviso", sin otro contexto. Una semana antes del presunto asesinato, dio de baja su perfil en esta red social.

Tiempo después, en el año 2011, la mujer inició una nueva relación. Por ello, según el escrito del Ministerio Público, para "causarle un daño psíquico, por no haber aceptado reanudar la relación con él", el acusado ideó el plan que se describirá y lo ejecutó "fríamente, sin importarle la vida de su hijo" y "asegurándose de que el menor no fuese socorrido por terceras personas" y de que "él mismo pudiese impedir o minorar sus consecuencias".

Puesta en marcha del plan

Con esta intención, el viernes 5 de mayo de 2017, el acusado recogió a su hijo en el punto de encuentro habitual de A Coruña, y lo llevó al domicilio en que residía con su madre y hermanos, también en A Coruña.

El acusado, según la Fiscalía, estuvo por la mañana del domingo 7 de mayo de 2017 -Día de la Madre-, primeramente solo y después con su hijo, tomando una consumición en una cafetería donde era frecuente que acudiesen ambos y de la que se fueron a las 13,00 horas.

A los pocos minutos, el presunto asesino reservó una habitación para ese día en un hostal de la zona, y entró solo a hacer la reserva, tal y como se recoge en el escrito. Seguidamente, abandonó con su hijo el domicilio y, en ejecución del plan previsto, se dirigió conduciendo un vehículo de su propiedad hasta las inmediaciones de una casa abandonada en A Barra, Rodeiro.

Esta localidad es, según ha calificado el Ministerio Público, un lugar "boscoso, apartado y de difícil acceso", en el término municipal de Oza-Cesuras. La zona y sus características eran conocidas por el acusado, aunque no lo frecuentaba, ya que esa casa era propiedad de su madre, y fue elegido a propósito, precisamente, para asegurar el resultado.

Asesinato de su hijo menor

De este modo, para acabar con la vida del menor, tal y como ha explicado Fiscalía, el acusado le asestó con una pala metálica buscada para cometer el crimen, varios golpes en la cabeza, con tal intensidad, que le produjeron heridas y fractura del cráneo, provocando hemorragias y contusiones encefálicas que causaron su muerte inmediata.

Los golpes se los propinó "de forma inesperada y sorpresiva" para el menor, como indica el escrito, que "nunca pudo sospechar la intención de su padre". "Lo inesperado, sorpresivo y el lugar dónde se produjo el ataque, impidió cualquier posibilidad de reacción del menor o el auxilio de terceras personas", señala, "circunstancia buscada por el acusado para asegurar el resultado que pretendía: la muerte de su hijo y causar daño a su excónyuge.

Después del asesinato, presuntamente, el acusado arrastró al menor para ocultar el cadáver, llegando a excavar algo el terreno, lo que no logró del todo por la dificultad y el estado del cuerpo, abandonándolo a continuación. A las 15,45 horas, poco tiempo después de la muerte del niño, su vehículo se puso dirección A Coruña, y a las 16,35, entró "de forma precipitada y sudorosa" en una cafetería, "fue rápidamente al lavabo de señoras, bebió una consumición y se fue".

Detención

Cuando a las 20,30 la mujer acudió a recoger a su hijo y este no apareció contactó con la policía y se inició la investigación. El acusado fue detenido el 8 de mayo de 2017 a las 18,20 horas en el hostal que había reservado.

Como consecuencia de los hechos, la mujer sufrió un trastorno de estrés postraumático crónico y se encuentra a tratamiento desde el 16 de noviembre de 2017, y en baja laboral desde el 9 de mayo de ese mismo año.

 
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