Tribunales

Obligaban a dos 'sin papeles' a trabajar 15 horas al día

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a los propietarios de una carnicería a la pena de nueve meses de prisión

Foto: Getty Images

Murcia

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a los propietarios de una carnicería a la pena de nueve meses de prisión como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores por el comportamiento tenido con dos "sin papeles", a los que sometieron a jornadas laborales de hasta quince horas.

La sentencia desestima así el recurso presentado por los acusados, la propietaria del local y su hermano, encargado de hecho del mismo, quienes alegaron en su recurso que la resolución impugnada había incurrido en errores en la valoración de las pruebas aportadas al proceso y en la calificación jurídica de los hechos.

El Juzgado de lo Penal declaró probado que "conociendo la situación de estancia ilegal de los trabajadores, inmigrantes de nacionalidad marroquí, desconocedores del idioma español, sin recursos económicos y bajo nivel cultural y con interés en obtener los permisos de residencia, los contrataron como empleados".

Y añadía que "los sometieron a largas jornadas laborales de más de quince horas, sin otorgarles el preceptivo descanso semanal y sin vacaciones, aprovechándose de dicha situación de necesidad".

La sentencia los condenó a nueve meses de prisión y al pago de las costas del proceso judicial, incluidas las de la acusación particular.

La Sala, que tiene como ponente al magistrado Enrique Domínguez, considera que los hechos quedaron suficientemente acreditados en el juicio, por lo que desestima el recurso.

Y añade, en cuanto a la calificación de los hechos, que "parece difícil encontrar una conducta abusiva contra los derechos más elementales de una persona que someter a un ciudadano extranjero "sin papeles" y con el miedo permanente a ser expulsado a un régimen de trabajo como el descrito en la sentencia recurrida".

La sentencia, cuya firmeza se declara en la misma, concluye que "ese régimen de trabajo fue impuesto al abusar de la precariedad y la necesidad de las víctimas y su desamparo en España".

 
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