Política

El Tribunal Constitucional permite a Euskadi expropiar viviendas vacías

Avala el grueso de la Ley vasca de Vivienda aunque tumba la expropiación a la banca en casos de desahucio

IREKIA

Vitoria

El Tribunal Constitucional ha abierto la puerta en Euskadi a expropiar a particulares o empresas para su “alquiler social” aquellas viviendas “deshabitadas” que lleven más de dos años vacías y no sean segunda residencia, entre otros requisitos.

De esta forma, el alto tribunal avala la previsión recogida en la Ley vasca de Vivienda que el Ejecutivo de Mariano Rajoy recurrió en 2016.

El fallo sigue el criterio aplicado por el TC en Andalucia, Navarra, Canarias o la Comunidad Valenciana.

En el caso de Euskadi, ha validado la mayoría de los artículos suspendidos, salvo la expropiación a bancos del uso temporal de viviendas inmersas en procesos de desahucio por ejecución hipotecaria, que anula definitivamente.

“El Gobierno y los Ayuntamientos no vamos a proceder a una ola expropiatoria” ha asegurado el consejero de Vivienda, Iñaki Arriola, tras expresar su satisfacción por la sentencia.

La ley contempla la “expropiación forzosa” como última posibilidad cuando las viviendas lleven al menos dos años desocupadas, sin justificación y se localicen en áreas con “necesidad” de vivienda. No podrán ser expropiadas las residencias de verano o segunda vivienda, ni aquellas que estén en venta sin éxito a precio d de mercado.

“La Ley es muy garantista y se aplica en líneas generales cuando alguien que tiene una vivienda que no es su segunda residencia y la tiene vacía porque le da la gana” ha explicado Arriola.

En esos supuestos la normativa también prevé un canon por piso desocupado de 10 euros por metro cuadrado o la implantación de un alquiler forzoso.

Asimismo, contempla la elaborando un registro de viviendas deshabitadas susceptibles de ser expropiadas.

Distintas herramientas para "sacar vivienda al mercado" que el Ejecutivo pretende a partir de ahora desarrollar reglamentariamente, después de visto bueno del Constitucional

La Ley vasca de Vivienda fue aprobada en junio de 2015 y en ella se reconoce como principal virtualidad el derecho subjetivo a la vivienda para casos de necesidad, recurrible ante los tribunales.

 
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