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Movilidad urbana

Las motos de reparto de comida tendrán que pagar una tasa para aparcar en las aceras

El objetivo de la nueva ordenanza de movilidad, según el concejal de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, es regular de forma más adecuada el uso del espacio público de la ciudad, priorizando a las personas que se desplazan a pie

Foto de motos de reparto de comida / Cadena ser

Valencia

Hace unos días se publicó el borrador de la nueva ordenanza de movilidad, un borrador al que ha tenido acceso Radio Valencia y en el que aparecen algunas novedades interesantes; por ejemplo, según figura en el artículo 80, las motos no podrán aparcar en las aceras, excepto en las que estén expresamente habilitadas para ello, con una particularidad: las motos de reparto que utilizan principalmente los establecimientos de comida rápida u otro tipo de mercancías tendrán terminantemente prohibido aparcar en las aceras, como hacen actualmente. En algunos casos, y siempre que la anchura de la acera lo permita, podrán reservar un espacio para aparcar sus flotas de motocicletas previo pago de una tasa como ocurre ya en el caso de las terrazas de bares y restaurantes.

Foto de archivo / Cadena Ser

El objetivo de esta medida es, según el concejal de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, regular de forma más adecuada el uso del espacio público de la ciudad, priorizando a las personas que se desplazan a pie. Las empresas propietarias de estas motos de reparto están realizando una actividad económica y, por tanto, si quieren reservar una zona de la acera tendrán que solicitar al Ayuntamiento una licencia de ocupación de la vía pública y pagar una tasa, cuya cantidad no se especifica en el borrador de la ordenanza.

Giuseppe Grezzi, el concejal de Movilidad Sostenible: "Están ocupando el espacio público las motos de las empresas y deben de regularizarse"

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En cuanto a las motos en general, está previsto que se elaboren planes por distrito para determinar en qué aceras sí se permite el estacionamiento de estos vehículos. Hasta entonces, podrán aparcar en semi-batería en las aceras de más de seis metros de ancho, siempre junto al bordillo, y en las de entre tres y seis metros, en paralelo entre los alcorques y otros elementos de mobiliario urbano, siempre respetando una distancia de tres metros con los pasos de cebra o paradas de autobús y de un metro con el carril bici. En ningún caso se podrá aparcar en aceras de menos de tres metros, ni tampoco junto a fachadas, puertas o escaparates. Por cierto, además al subir a la acera el conductor deberá apagar el motor y no podrá obstruir o dificultar el paso de viandantes.

Manuel Gil

Redactor de Radio Valencia Cadena SER

 
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