Los prostíbulos no se podrán usar como vivienda y deberán contar con vestuarios y zona de descanso en Euskadi
El Gobierno vasco ultima el decreto que regulará los establecimientos y actividades recreativas, incluidas las de tipo sexual
Vitoria
El borrador de decreto que desarrolla la Ley vasca de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y que tienen ya en su poder los grupos parlamentarios no regula la prostitución, ni puede, ni es su objetivo, pero si fija unas condiciones mínimas de salud e higiene que deberán reunir los establecimientos dedicados a actividades sexuales, entre los que el Gobierno vasco incluye aquellos en los que se ejerce la prostitución.
“Los establecimientos dedicados a la prostitución deben tener una zona de vestuario y de descanso para las personas que la ejercen, que no podrá ser utilizados como vivienda o para la pernoctación de dichas personas”, recoge la propuesta legal adelantada por la Cadena SER.
Estos locales dedicados a actividades sexuales están incluidos en un amplio catálogo de establecimientos y actividades recreativas que regula la normativa, desde bares a frontones, pasando por cines o circos.
La normativa los define como “establecimientos de concurrencia pública en cuyas dependencias se prestan o realizan actividades de esparcimientos sexual de manera libre e independiente”.
“Están ahí, son legales y no se pueden obviar” han asegurado fuentes del Gobierno vasco a la SER.
Estos establecimientos entre los que se incluyen prostíbulos, pero también clubes de alterne, sex shops y otros, deberán garantizar a los usuarios preservativos y recomendar su uso mediante un rótulo perfectamente visible con el fin de prevenir enfermedades de transmisión sexual. El horario de cierre será las 04.30 horas y tendrán prohibido el acceso de menores.
El Decreto está en la última fase antes de su aprobación, aunque sujeto todavía a modificaciones.