El TSJPV reconoce la incapacidad por enfermedad profesional de un extrabajador de Acenor
El operario podrá "reclamar daños y perjuicios y recargo de prestaciones por el incumplimiento empresarial de la normativa del amianto"
Bilbao
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado parcialmente el recurso presentado por un extrabajador de Acenor Hernani y Sidenor contra la sentencia de un Juzgado de San Sebastián al concederle la incapacidad total derivada de enfermedad profesional.
Según ha informado en un comunicado la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie), la resolución del alto tribunal vasco mejora la pensión del operario, que podrá además "reclamar daños y perjuicios y recargo de prestaciones por el incumplimiento empresarial de la normativa del amianto".
Asviamie ha precisado que el demandante inició su actividad laboral en 1977 en Pedro Orbegozo, más tarde Acenor y Sidenor. No obstante, tras su traslado a Vitoria, en agosto de 1995, sufrió un accidente de tráfico y en 1977 le fue concedida la incapacidad permanente total derivada en este caso de enfermedad común.
Posteriormente, desempeñó labores como jardinero hasta 2009 en la empresa de economía social Gureak debido a la "discapacidad" que sufría, señala la fuente.
El empleado fue diagnosticado en 2017 por Osakidetza de un carcinoma epidermoide de pulmón derecho y dos años después inscrito por Osalan en el listado de trabajadores probablemente expuestos al amianto.
Poco después, el afectado solicitó la incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional, que le fue negada por el INSS y por un juzgado donostiarra, aunque reconocida posteriormente por el TSJPV, lo que mejorará sus prestaciones, señala Asviamie.