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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos desestima la demanda del rapero Pablo Hasél y considera la condena proporcionada

Hásel había presentado una demanda contra España por su condena de 9 meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias y calumnias contra la Corona

El rapero leridano Pablo Hásel en una fotografía de archivo / Ramón Gabriel (EFE)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha publicado su sentencia sobre el recurso que presentó Pablo Hasél contra España por su condena de 9 meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias y calumnias contra la Corona y las Instituciones del Estado. Estrasburgo desestima la demanda del rapero español ya que considera que la condena es "razonable" y "apropiada", y entiende que las letras de sus canciones podían tener "consecuencias nefastas".

Aunque en un principio la Audiencia Nacional le condenó a dos años de prisión, la Sala de Apelación rebajó la pena hasta los 9 meses. Entendió que los tuits de Hasel no encajaban dentro de la libertad de expresión o la creación artística porque rezumaban violencia y suponían una banalización del terrorismo, lo enaltecían y lo justificaban.

Sobre el delito de injurias y calumnias contra las instituciones del Estado y la Corona, por el que también fue condenado Hasel, la Sala afirmó que en sus mensajes mezclaba hechos históricos y otros nunca acreditados en sede judicial con intenciones espurias, tratando de justificar términos exclusivamente vejatorios e injuriantes con los que se refiere, entre otros, a la Policía.

Además de los tuits sobre terroristas y críticas a los cuerpos policiales, consta un vídeo que Hasel publicó en su cuenta de Youtube en el que la cabeza del Rey Felipe VI emerge de la de su padre, el Rey emérito, y esta, a su vez, de la del dictador Francisco Franco. De fondo, una canción de su autoría en la que habla de Juan Carlos "el bobón" y califica al monarca retirado de "borracho tirano" y "mafioso", para afirmar que "la Historia no perdona ni a la escoria con corona".

 
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