Un experto en Derecho desmonta la moción de PP y Vox en Jumilla (Murcia): "Si el Papa pidiera un polideportivo, nadie se lo prohibiría"
El catedrático en Derecho por la Universidad de Sevilla, Joaquín Urías, ha incidido en que, aunque la medida "aún no tiene efectos jurídicos, socialmente sí los tiene —y son preocupantes"

"La moción de Jumilla aún no tiene efectos jurídicos; socialmente sí los tiene y son preocupantes"
El código iframe se ha copiado en el portapapeles
Madrid
El acuerdo entre PP y Vox en Jumilla (Murcia) para prohibir las celebraciones de índole musulmana en los recintos deportivos ha generado la desaprobación de la mayor parte de políticos, grupos parlamentarios e incluso de la Iglesia Católica, que se han pronunciado en contra de esta medida. Por ello, en 'Hora 14' se han preguntado si la medida saldrá o no adelante, y para ello han consultado al catedrático en Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Joaquín Urías, quien ha sido claro al establecer que, aunque la medida jurídicamente aún no tiene relevancia, sí ha impactado de manera flagrante en la sociedad.
Urías ha explicado que "aún no se ha aprobado un reglamento", ya que únicamente se trata de una moción, "es decir, un llamamiento al Ayuntamiento para que dicte un reglamento deportivo en determinados términos". Además, el catedrático ha incidido en que la propuesta inicial de Vox "era claramente inconstitucional", ya que contemplaba prohibir la denominada 'Fiesta del Cordero' y otras conmemoraciones "ajenas a nuestras tradiciones", además de mencionar que era necesario "instar a las autoridades competentes a promover activamente la gastronomía y carnicería tradicionales españolas frente a la expansión de los sellos extranjeros como el halal".
Pese a estar maquillada, la medida continúa siendo inconstitucional
El PP enmendó algunas de estas cláusulas y "la moción que finalmente se ha aprobado, literalmente, no es evidentemente inconstitucional, ya que la Constitución garantiza dos derechos fundamentales: por un lado, que nadie sea discriminado por su religión, y por otro, que las religiones puedan ejercer sus cultos públicamente", por lo que señalaba Urías, "a priori el texto no es inconstitucional".
Todo cambia con una interpretación que no sea únicamente constitucional. "Si se interpreta en el contexto en el que se ha presentado, y teniendo en cuenta las declaraciones que se han hecho, parece dirigido a una única religión, y eso responde a una discrepancia ideológica con esa religión. Eso sí sería inconstitucional, claramente", señalaba Urías, quien ha incidido en que, aunque la medida haya intentado camuflar ciertas cosas, esas están ahí.
"La medida, aunque esté maquillada en su redacción y no parezca atacar directamente la libertad religiosa, atenta claramente contra una única religión: la que, en este momento, utilizaba los espacios públicos del Ayuntamiento de Jumilla", reconocía el catedrático, quien ha puesto un ejemplo claro de que, de aprobarse esta norma, sería discriminatoria.
Es evidente que esta moción está dirigida contra una religión concreta
"Te pongo un ejemplo: estoy seguro de que si mañana el Papa decide visitar Jumilla y pide utilizar un polideportivo para celebrar una misa, nadie se lo va a prohibir. Por lo tanto, es evidente que lo que han querido hacer con esta moción es dirigirla contra una religión concreta, por una discrepancia ideológica con ella. Y eso vulnera el derecho a la libertad religiosa, al culto público y a no ser discriminado", consideraba el experto.
Urías advierte que, de aprobarse este reglamento, "cualquier institución podrá recurrirlo mediante un procedimiento contencioso-administrativo, y entonces sí tendría recorrido jurídico", y señala que, aunque ahora mismo "se trata de una declaración de intenciones sin efectos legales, su impacto social es muy grave y, aunque jurídicamente no tiene efectos, socialmente sí los tiene —y son preocupantes", sentenciaba el catedrático.




