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FÚTBOL | AMAÑOS EN LOS PARTIDOS

El amaño de partidos se castiga hasta con cuatro años de cárcel

Es considerado delito de corrupción entre particulares y basta que se produzca el ofrecimiento para que se considere realizado

La entrada en vigor en diciembre de 2010, de la reforma del Código Penal abrió la puerta, por primera vez, a la persecución de los sobornos y fraudes en el ámbito deportivo, como la compra o amaños de partidos de futbol

El artículo 286 bis del Código Penal, fija las sanciones, multas o penas de cárcel para aquellas conductas que tengan por finalidad "predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales" y se castigan con penas de prisión entre seis meses y cuatro años de cárcel, inhabilitación de uno a seis años y multas.

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Este tipo de delitos se denominan "de corrupción entre particulares" se sanciona en sus dos modalidades, "activa y pasiva". La modalidad activa consiste en prometer, ofrecer o conceder un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza no justificado para la realización o abstención de un acto dirigido a predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición. La modalidad pasiva incluye recibir, solicitar o aceptar un beneficio en los mismos términos.

De esta forma, el amaño de partidos, las primas por dejarse ganar y otras conductas similares pueden ser considerados como delito porque suponen una alteración fraudulenta de la competición. Además basta que se produzca el ofrecimiento, para que el delito se considere realizado aunque finalmente no se llegue a pagar el amaño de partidos está penado con entre seis meses y cuatro años de cárcel, inhabilitación de uno a seis años y multas de hasta 5,48 millones de euros.

Artículo 286.4. "Lo dispuesto en este artículo será aplicable, en sus respectivos casos, a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales".

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Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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