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Pablo: "Trabajé en El Cobrador del Frac y ahora defiendo los derechos de los morosos"

Pedro: 'Trabajé en El Cobrador del Frac y ahora me dedico a ayudar a defender los derechos de los mo

Pedro: 'Trabajé en El Cobrador del Frac y ahora me dedico a ayudar a defender los derechos de los mo

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Madrid

El Cobrador del Frac, el Payaso Cobrador, El Zorro Cobrador... Hay más de 800 empresas que se dedican a la recuperación de deudas en España. Su objetivo es que, mediante el ridículo y la vergüenza, el moroso acceda a pagar sus deudas. El problema radica en que la ausencia de una legislación específica en España que regule y limite las actividades de dichos profesionales ha provocado que, en muchos casos, los afectados hayan tenido que recurrir al Codigo Penal y la Ley de Competencia Desleal para denunciar las presiones recibidas por las agencias de cobro.

Pablo Camacho, un ex trabajador de El Cobrador del Frac que decidió, junto a sus compañeros del sector, montar un despacho de abogados para defender a los ciudadanos de los acosos injustificados. Ahora es el gerente de El Defensor del Moroso y afirma que las presiones que se ejercen contra los deudores es excesiva.

Las malas prácticas, ajenas a los códigos éticos, atentan contra el derecho a la intimidad, la propia imgen y el honor. Unos derechos reconocidos tanto interncionalmente como por nuestra propia constitución. La explicación que encuentra Pablo a dichas presiones poco éticas es que los gestores de cobros son autónomos, por lo que su sueldo depende del cobro de la deuda.

"EL MOROSO ES EL QUE NO PAGA PORQUE NO QUIERE Y DEUDOR EL QUE NO TIENE POSIBILIDADES PARA PAGAR"

Jose Sotos es jefe de un departamento de gestión de El Zorro Cobrador. Él es consciente de los excesos que se cometen pero, asegura, que en su caso procuran hacer una distinción entre moroso y deudor: "Moroso es la persona que no paga porque no quiere y deudor es aquella que no tiene posibilidades para pagar".

Fuente: El Zorro Cobrador

Fuente: El Zorro Cobrador

Para realizar esta distinción analizan las propiedades que tienen o los trabajos que están llevando a cabo, e incluso verifican si han delegado su patrimonio a terceros. Desde El Defensor del Moroso ratifican que los agentes de gestión de cobro aceptan cuelquier trabajo, independendientemente de sus condiciones, pero Jose explica que ellos rechazan casos poco éticos como los desahucios. "Actuamos si hay posibilidad de cobro e intentamos, en primera instancia, llegar a un acuerdo amistoso con el moroso" afirma Jose.

El derecho del acreedor a cobrar su deuda está plasmado en el artículo 1096 del Código Civil. En él se reconoce la posibilidad de que el acreedor "obligue"  al moroso a que pague su deuda. Y, en este mismo sentido, el artículo 1101 reconoce el derecho a hacerlo por vía judicial o extrajudicialmente. La Ley Orgánica de Protección de Datos entiende que, en lo que se refiere al cobro de deudas, la cesión de datos a terceros es lícita siempre y cuando se haga dentro de unos límites. En este caso, el respeto de los derechos a su intimidad personal y familiar, a su honor y a su imagen. Todos ellos reflejados en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios de 2007.

Elena Sánchez

Elena Sánchez

Redactora y productora en Cadena SER. Hablar por Hablar (2013 - 2018) y en el Faro (2018 - actualidad)....

 
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