Sociedad

Imputado el hermano de López Aguilar por menospreciar a las víctimas de ETA en un foro de internet

Le ha citado a declarar el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz

La Audiencia Nacional investigará finalmente al caricaturista Carlos López Aguilar, hermano del ministro de Justicia, por haberse referido en un foro de internet hace unos meses a la AVT como "Asociación de Venganza Talibán" y haber asegurado que al presidente de este colectivo, Francisco José Alcaraz, "le tocó la lotería" cuando ETA mató a su hermano.

La decisión ha sido tomada por la Sala de lo Penal de la Audiencia, que en un auto, al que ha tenido acceso Servimedia, decide revocar el archivo de la querella que la AVT presentó hace unos meses.

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En concreto, la querella fue archivada por el juzgado de Instrucción número 1 de la la Audiencia, que estimó que no tenía competencia para investigar el enaltecimiento del terrorismo del que el colectivo de víctimas acusa a Carlos López Aguilar. La asociación denunciante indicaba en su denuncia que debía investigarse el hecho de que este caricaturista, bajo el pseudónimo "Sorrocloco", hubiese realizado el pasado 8 de febrero una serie de comentarios sobre la AVT y su presidente en la página web "www.losgenoveses.net".

En concreto, al referirse a Alcaraz, el caricaturista afirmaba que "ya salió a colación el infame tarado de la Asociación de Venganza Talibán". El dibujante afirmaba, también, que al presidente del colectivo de víctimas "le tocó la lotería el día que mataron a su hermano".

Revocado por la Sala

La AVT decidió entonces iniciar acciones legales contra el hermano del titular de Justicia, mientras que el querellado pidió disculpas y dijo que no tuvo el ánimo de agraviar a nadie y "desde luego, nunca a las víctimas del terrorismo, a las asociaciones que las representan, ni a sus cargos representativos".

Esta querella de la entidad presidida por Alcaraz fue archivada por el juzgado de Instrucción 1 de la Audiencia, decisión que respaldó el fiscal personado en el caso. Tanto el juez como el fiscal señalaron que no estaba clara la competencia a la hora perseguir el delito de enaltecimiento del terrorismo.

Sin embargo, la Sala de lo Penal sostiene que este delito, además de incluirse en una ley aprobada en 2000, también figura en el artículo 578 del Código Penal, en la que se castigan las conductas relacionadas con el terrorismo.

Según los magistrados, la presencia de este delito en el Código Penal hace que sea competencia de la Audiencia, sin que resulte necesario que en los hechos investigados esté presente una banda armada o una organización terrorista. Por este motivo, la Sala de lo Penal acuerda estimar el recurso de apelación que la AVT presentó contra la decisión del juzgado de instrucción número 1 de la Audiencia de archivar la querella presentada contra Carlos López Aguilar. Esto supone que la denuncia será tramitada y se realizarán las diligencias oportunas para aclarar lo sucedido.

 
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