Sociedad

JpD defiende al juez Del Olmo y habla de "manipulación informativa"

La Asociación Judicial emite una nota de prensa defendiendo la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que revoca una condena por malos tratos a un hombre que le dijo a su hijo que iba a matar a su madre

Jueces para la Democracia ha hecho pública una nota para defender al juez Juan del Olmo, ponente de la sentencia que revocó una condena por malos tratos a un hombre que le dijo a su hijo que iba a matar a su madre. La asociación de jueces critica la "manipulación informativa" de algunos medios de comunicación.

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La Asociación Judicial Jueces para la Democracia ha hecho público un comunicado muy crítico con los medios de comunicación y el Consejo General del Poder Judicial. Una nota para defender la actuación de la Audiencia de Murcia en la sentencia que ha estimado el recurso de de un hombre que fue condenado en un caso de violencia de género, después de haberle dicho a su hijo que iba a matar a su madre. Finalmente hubo condena sólo por una falta de amenazas.

JpD tacha de manipulación informativa el trabajo de un sector de los medios de comunicación y reprocha al Consejo del Poder Judicial que "haya perdido una magnífica ocasión para afirmar su función institucional". La nota señala que desde la entrada en vigor de la Ley de Violencia de Género ha sido una constante la coexistencia de dos líneas jurisprudenciales interpretativas. La primera, de corte literal, que entiende que para que exista un delito de violencia de género basta con que, en el marco de una relación sentimental, el varón golpee o amenace a la mujer. La segunda, de orientación finalista, que sostiene que, además, es preciso que se acredite en el caso concreto que la conducta presente rasgos distintivos de discriminación por razón de sexo, que evidencien la existencia de una situación de dominación del hombre sobre la mujer. Ambas opciones interpretativas son jurídicamente admisibles, y muchos juzgados y tribunales aplican una u otra. En el caso enjuiciado, la Audiencia Provincial optó por la segunda de las interpretaciones, por lo que consideró que, como la prueba no había acreditado la existencia de una situación asimétrica o de dominación, los hechos no constituían un delito de amenazas y sí una falta de amenazas. Incidentalmente, argumentó que la utilización por parte del varón de la palabra "zorra", en el caso concreto, no constituía indicio suficiente para afirmar la presencia de ese contexto abusivo.

La Asociación critica que los medios hayan elevado a la categoría de noticia algo que la sentencia no dice - "llamar zorra a una esposa no es un insulto, según el Juez del Olmo"- que no hayan destacado que, finalmente, se acaba condenando al acusado. Igualmente censurable es, según la nota, que se destaque que se trata de una "interpretación personal del ponente", ocultando que constituye una interpretación compartida por muchos tribunales, lo que genera la sospecha de que "se pretende orquestar una campaña de desprestigio contra el Juez del Olmo por actuaciones jurisdiccionales que nada tienen que ver con este asunto".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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