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CONSEJO DE MINISTROS

El Gobierno quiere establecer la pena de prisión indefinida

Se establecerá sólo para los delitos de asesinato de especial gravedad

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón; la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría; y el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.EFE

¡El Ministerio de Justicia ha presentado el informe de la reforma del código penal. El Gobierno amplía los supuestos para aplicar la prisión permanente revisable. Además de los casos de terrorismo se reserva para los casos de magnicidio, genocidios o asesinatos agravados. La prisión permanente revisable establecerá el mínimo de años que el reo cumplirá en prisión pero no el máximo. Alberto Ruiz Gallardón ha subrayado que esta reforma no choca con la Constitución.

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El Gobierno ha dado un paso más para endurecer el código penal y quiere establecer la pena de prisión indefinida a más supuestos, aparte de los casos de terrorismo con resultado de muerte. La nueva figura se llamará prisión permanente revisable y fija un mínimo de años de estancia en prisión pero no un máximo. Una vez cumplida esa pena mínima, la situación del preso se revisará cada dos años por un tribunal colegiado o cada vez que lo pida el interno. Si cumple los requisitos podrá salir en libertad condicional, si no, seguirá en prisión. Los límites seguirán siendo la edad del recluso o el padecimiento de una enfermedad grave incurable, como el caso del preso etarra Bolinaga. Esta condena se reserva para delitos de asesinatos de especial gravedad. Acabar con la vida del Rey, del Principe de Asturias o de Jefes de Estado de países extranjeros; genocidio; casos de asesinato después de una agresión sexual; asesinato múltiple; asesinato de un menor de 16 años o especialmente vulnerable; y aquellos asesinatos cometidos por bandas organizadas. La pena mínima, según fuentes del ministerio, oscilaría entre los 25 y los 35 años de cárcel.

Custodia de seguridad

La custodia de seguridad que también introduce la reforma permitirá que en los supuestos de "extraordinaria gravedad", el preso que haya cumplido la condena no consiga la libertad. La medida se ciñe a que el autor del delito sea reincidente o que haya sido condenado por cometer varios delitos, por ejemplo, varios asaltos a chalets con resultado de muerte o varios delitos sexuales. El plazo de esta custodia de seguridad, que deberá incluirse en la sentencia condenatoria, no podrá superar los diez años y se aplicará cuando el pronóstico del interno apunte a que volverá a delinquir. En ese caso pasará a un centro distinto de la prisión en el que seguirá privado de libertad.

En cuanto a otros aspectos de la reforma, cabe destacar que se amplían los supuestos para imponer la libertad vigilada. A los casos de agresión sexual se le suman ahora delitos patrimoniales, violentos o sexuales. Los delitos de incendio dejarán de enjuiciarse por jurado popular y en el caso de parajes naturales se equiparan a los delitos medioambientales, agravando así las penas privativas de libertad. El nuevo código penal incluirá la malversación de funcionarios. Por último, con la mirada puesta en casos como los de Publio Cordón o Marta del Castillo, el Gobierno equipara la detención ilegal seguida de la desaparición de la persona al homicidio y, cuando el móvil sea sexual, la pena de prisión podría llegar a los 20 años.

Gallardón: "Los delitos con resultado de muerte serán objeto de prisión permanente revisada"

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Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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