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El Tribunal Constitucional archiva el caso de la 'doctrina Botín' sobre las cesiones de crédito

La 'doctrina Botín' fue adoptada por Supremo en 2007 para cerrar el llamado caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander

La sección primera del alto tribunal ha acordado el archivo definitivo de causa que había recurrido la Asociación para la defensa de los inversores porque ellos mismo renunciaron al recurso y dado que el fiscal tampoco ejerce la acusación.

Este caso llego al Constitucional porque el Supremo considero legítimo que una sola acusación pudiera mantener vivo un caso aunque el fiscal no acuse. Es la 'doctrina Botín' , y la Asociación quería juzgar al banquero por comercializar las cesiones de crédito del Banco Santander hace 25 años.

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Ahora, sin acusación del fiscal ni acusación particular, el Constitucional archiva el pleito, pero atención, no se pronuncia sobre el fondo del asunto, es decir, no dice si una única acusación popular está legitimada para pedir la apertura de juicio y sentar a un acusado en el banquillo.

Doctrina Botín

La llamada 'doctrina Botín' fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2006 para cerrar el llamado caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín.

Esa doctrina, que fue corregida por el propio Tribunal Supremo en 2008 con la denominada "doctrina Atutxa", establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa con el objetivo de salvaguardar los derechos del acusado.

El recurrente era la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC), vinculada al fallecido Rafael Pérez Escolar, consejero de Banesto en la época en la que lo presidía Mario Conde. La Asociación fue disuelta el año pasado.

Las dos doctrinas del Supremo

En diciembre de 2007, el pleno jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Supremo confirmó el sobreseimiento del caso de las cesiones de crédito -en el que estaban acusados Botín, otros tres ejecutivos del banco y 21 clientes-, que había decidido la Audiencia Nacional el 20 de diciembre de 2006.

La Audiencia Nacional dejó sin efecto el auto de apertura de juicio oral dictado por la jueza Teresa Palacios a instancias sólo de la acusación popular encabezada por la ADIC, que denunció un posible perjuicio patrimonial de 84 millones de euros, pues la acusación de Iniciativa per Catalunya Verds no presentó su escrito a tiempo.

La Audiencia Nacional archivó el caso por considerar que el ejercicio de la acusación popular debía estar limitado "en cuanto a su alcance, extensión y contenido", un argumento que avaló el Supremo.

Sin embargo, el alto tribunal cambio de criterio y modifico la "doctrina Botín" para condenar al expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) y admitió la acusación popular en solitario cuando el delito afecta a "intereses colectivos" o si no se han personado los perjudicados directos.

El caso "cesiones de crédito" se remonta a 1987, cuando el Santander empezó a comercializar unos productos que permitían evitar el pago de las retenciones a Hacienda y que conllevaron la persecución de numerosos clientes por un presunto delito fiscal.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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