Condenados a dos años de cárcel los dirigentes de Caixa Penedès
La sentencia se ha escuchado nada más terminar el juicio y ha producido cierto alivio para los dirigentes de la entidad porque no tendrán que ingresar en prisión
El juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia ha condenado a dos años al exdirector general de Caixa Penedès Ricard Pagès y a un año de cárcel a los ex directivos Manuel Troyano, Santiago José Abella y Juan Caellas al considerar que los cuatro y el fallecido exdirector de Recursos Humanos Jaume Jorba se concedieron 31,6 millones de euros en planes de pensiones y distintas pólizas y cometieron un delito de administración desleal.
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La Audiencia ha condenado a dos años de cárcel al exdirector general de Caixa Penedés, Ricard Pagés y a un año a los ex directivos Manuel troyano, Santiago José Abella y Juan Caellas al considerar que los cuatro, junto al ex directivo fallecido Jaume Jorba, se auto concedieron 31,6 millones de euros en planes de pensiones y distintas pólizas.
El magistrado ha manifestado que les condena porque han incumplido los deberes de cualquier administrador y "mediante procedimientos engañosos y burlando los controles de la caja", antepusieron los intereses personales a los sociales.
El fiscal anticorrupción, Emilio Sánchez Ulled, había mantenido su petición de penas de hasta tres años y medio de prisión, pero el juez ha tenido en cuenta que los cuatro han devuelto las cantidades fraudulentamente cobradas, un total de 28,6 millones de euros, y han reconocido su culpabilidad para rebajar la condena de cárcel. "Es realmente anómalo que se repare el daño en este tipo de delitos" ha asegurado Sánchez Honrubia.
Además, los ex directivos han renunciado a las cantidades pendientes de cobrar, 28 millones de euros y han reconocido los hechos de los que se les acusa ante el tribunal. Las otras tres acusaciones, el FROB, Fundación Pinae y BMN, han tenido en cuenta el gesto de los acusados y han rebajado su petición de penas a dos años de Pagès y uno para los otros tres.
La Fiscalía, ni las partes, han manifestado su intención de recurrir dicha sentencia porque impone penas dentro de los márgenes legalmente aceptables. Lo que significa que la sentencia ya es firme. Los exdirectivos, por tanto, se libran de cumplir penas de prisión.