Tribunales

El Supremo agrava las condenas por posesión y difusión de pornografía infantil

El Alto Tribunal aplicará penas de hasta 9 años de prisión a productores, poseedores y distribuidores de este material cuando tenga un marcado carácter violento o degradante para las victimas

Madrid

El Supremo ha revisado el caso de un hombre que tenía en su domicilio más de 290.000 fotografías y videos pedófilos en los que aparecen prácticas sexuales con niños de 3 años de edad. Tras el juicio en la Audiencia Provincial de Madrid el acusado fue condenado en 2014 a dos años de prisión, pero la fiscalía ha entendido que era poca la pena impuesta ante la gravedad de los hechos.

Por eso el Ministerio Público ha recurrido ante el Supremo al considerar que existen circunstancias agravantes de la responsabilidad criminal que no han sido tenidas en cuenta. Es decir el carácter degradante y violento de los ataques sexuales a los que han sido sometidos los niños, tal y como recogen las imágenes intervenidas por la Policía.

El Alto Tribunal le ha dado la razón a la fiscalía al entender que en principio solo se podían incrementar las penas sobre aquellos que elaboraban los videos pero también puede ser extendida a quienes los poseen o los cuelgan en servidores P2P, servidores de intercambio.

Y esta es la decisión que ha adoptado el Supremo: agravar las penas por lo que el acusado en este juicio celebrado en Madrid cumplirá 5 años de cárcel, 3 más de los impuestos por la Audiencia Provincial.

 
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