El Congreso aprueba hoy el Código Penal
El Código Penal y la ley de Seguridad Ciudadana pasaran hoy el último debate antes de ser aprobadas con la mayoría absoluta del Partido Popular y a pesar de la oposición de todo el arco parlamentario.
Madrid
Unas leyes que deberían entrar en vigor dentro de seis meses, pero que gracias a una enmienda del propio Partido Popular en el Senado, adelantan su entrada en vigor a primeros de julio.
El texto penal incluye importantes cambios para la responsabilidad de las personas jurídicas, y ha sido muy cuestionado porque aprueba, por ejemplo, la prisión permanente revisable o endurece los delitos contra la autoridad, por ejemplo, a quienes falten al respeto a los agentes.
Pero también el Código Penal introduce novedades de alcance, para combatir la corrupción o tipifica, por primera vez, la financiación ilegal de partidos políticos.
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Ley Seguridad Ciudadana
La ley de Seguridad Ciudadana sale adelante, pero mucho más suavizada que el boceto inicial tras las críticas ciudadanas y las recomendaciones de todos los órganos consultivos. Interior asegura que “mejoran las condiciones de la seguridad ciudadana, con respeto a la libertad y a la seguridad jurídica".
Se mantiene la entrada y registro en los términos que recogía la ley actual y la identificación y los cacheos corporales de las personas se limita a los supuestos en los que la policía lo considere razonable para prevenir un delito.
Las concentraciones frente a instituciones, solo serán faltas graves cuando ocasionen una perturbación grave de la seguridad ciudadana y la cuantía de las sanciones se mantiene igual. Desde las muy graves de 600.000 euros hasta las leves con multas de 100 euros.
También se han introducido otros cambios respecto al texto inicial, como rebajar de grave a leve el botellón, para que sea multado con hasta 600 euros.
El texto ha salido adelante después de incorporar decenas de enmiendas de las más de 270 que se presentaron. Entre ellas, una muy polémica del propio PP, que modifica la ley de Extranjería para legalizar las llamadas devoluciones 'en caliente' de inmigrantes.
Pero pese a la rebaja en la cuantía de las sanciones, la oposición rechazará el texto legislativo porque lo consideran una "ley mordaza".
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El Código Penal introduce estas novedades:
Además de castigar la resistencia y desobediencia grave a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones (de tres meses a un año de cárcel), serán sancionadas con una multa de uno a tres meses aquellos que "falten al respeto y consideración debida a la autoridad".
Se eleva de uno a dos años la condena mínima para quienes inciten a la prostitución a menores discapacitados y recoge la posibilidad de aplicar la libertad vigilada para los maltratadores que lesionen a sus parejas.
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Contra la corrupción
Se tipifica como delito la financiación ilegal de partidos. Las personas que participan en "estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos" al margen de la ley serán castigadas con una pena de prisión de uno a cinco años de cárcel, con independencia de la cuantía de la comisión. Se dificulta además el acceso la libertad condicional a los corruptos que no hayan reparado el daño causado.
Se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de activos procedentes del delito, y se modifica la regulación del decomiso, para que los jueces puedan ordenar la intervención de bienes del condenado, procedentes de otras actividades delictivas. Siempre que existan indicios de su procedencia ilícita, como puede ser la desproporción entre el patrimonio y su medio de vida, o el recurso de paraísos fiscales o empresas interpuestas.
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Prisión permanente revisable
Incluye la prisión permanente revisable, que podrá ser impuesta en casos de excepcional gravedad, como el homicidio del Rey o su heredero, de jefes de Estado extranjeros, genocidio, asesinatos en serie cometidos dentro de una organización criminal o contra menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.
La libertad condicional no computará como tiempo de cumplimiento de condena, pero su concesión determinará la suspensión de la ejecución del resto de la pena. Si durante ese tiempo no reincide, se declarará extinguida la pena pendiente, pero si incumple las condiciones, la libertad será revocada y se deberá cumplir la pena que le restaba.
Excepcionalmente, un europeo podrá ser expulsado si representa una amenaza grave para el orden público o la seguridad pública, por lo cual la pena de prisión será sustituida por la expulsión del territorio nacional.
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Otras novedades
Suprime las faltas, para convertirlas en delitos leves o sanciones administrativas.
Se agravan las penas de delitos de hurto y robo para aumentar la persecución de multirreincidentes, butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.
Eleva a 16 años la edad mínima de consentimiento sexual.
Se prevé la paralización de los derribos de viviendas ilegales en las zonas costeras hasta que los propietarios tengan asegurado el cobro de indemnizaciones. Según esta enmienda, el juez podrá, una vez "oída la administración competente, condicionar temporalmente la demolición a la constitución de garantías que aseguren el pago" de las indemnizaciones.
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Derecho de huelga
Se reduce la pena de cárcel a quienes dificulten o impidan el ejercicio de huelga y a los piquetes que, no obstante, seguirán teniendo castigos más duros cuando actúen con violencia.
Se aumenta la persecución del maltrato, abandono y explotación sexual de animales.
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Matrimonio forzado
Se tipifican nuevos delitos como el matrimonio forzado, el hostigamiento, la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas obtenidas con la anuencia de la persona afectada o la manipulación de los dispositivos de control que sirven para vigilar el cumplimiento de las penas.
Se trasponen decisiones europeas sobre pornografía infantil, explotación sexual de menores, trata de seres humanos o inmigración ilegal, que será castigada como el resto -la sexual, la extracción de órganos o los matrimonios forzados- con entre cinco y ocho años de cárcel.
La norma modifica la Ley del Indulto para que un alto cargo del Ministerio de Justicia comparezca sobre estos expedientes cada seis meses.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...