Tribunales

Nokia tendrá que pagar más de medio millón de euros por no abonar el canon digital

La Sala de Lo Civil confirma una condena a NOKIA a abonar 556.424 euros a la Asociación de gestión de Derechos Intelectuales, a la Asociación de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España y a la SGAE, como canon correspondiente a las tarjetas de memoria comercializados en el segundo semestre de 2008

Imagen de la sede de Nokia, en Espoo, Finlandia.EFE

Madrid

El Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que desestimó la solicitud de esas organizaciones de artistas a que se reconociera el derecho de compensación por copia privada correspondiente a las ventas de teléfonos móviles con reproductor mp3 y tarjetas de memoria en 2008.

Se exigían ante el Supremo más de 5 millones de euros. En una sentencia ahora confirmada por el Alto Tribunal, la Audiencia de Madrid distinguía entre los teléfonos móviles con mp3 y las tarjetas de memoria. En relación con los primeros, la sentencia excluía la compensación al señalar que el perjuicio causado a los titulares de los derechos de propiedad intelectual fue mínimo.

Sin embargo, respecto a las tarjetas de memoria el tribunal consideró que el perjuicio no era irrelevante, ya que estos dispositivos tienen mayor capacidad de almacenamiento. Ahora, la Sala de Lo Civil del Supremo hace suyas esas consideraciones y subraya que efectivamente por su mayor capacidad de almacenamiento, actúan como complemento del teléfono móvil.

Por tanto pueden ser empleadas por los particulares en su condición de usuarios privados, para hacer copias privadas, “siendo éstas relevantes, a los efectos del perjuicio derivado para los titulares de los derechos de propiedad intelectual afectados, en atención a la capacidad de almacenamiento”.

 
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