Tribunales

El Supremo absuelve a un capitán del ejército del delito de abuso de autoridad sobre una soldado

La mujer, que estaba embarazada, tuvo que escuchar que no era digna de estar en las fuerzas armadas. Grabó varias conversaciones con sus mandos con el teléfono móvil

Madrid

La soldado estaba de baja psicológica y fue llamada en dos ocasiones por el capitán. En la segunda cita, se escucha decir al capitán tras conocer que está embarazada: “…que no se yo en tu estado cómo vendrá eso…enferma como estás…estás con depresiones”. Unos segundos después, el mando sentencia: “Porque tu todos los meses cobras ¿verdad? No eres digna de estar aquí”.

Son solo dos ejemplos de los numerosos episodios de trato degradante que recibe la soldado en la 1ª Compañía de fusiles Ril Tenerife 49. Sin embargo, se trata de actos que no tienen carácter penal según la Sala de Lo Militar del Tribunal Supremo.

Para los magistrados que han analizado el recurso de casación interpuesto por la afectada puede existir responsabilidad por parte del capitán pero no incurre en el delito de abuso de autoridad. En todo caso, dice el Supremo, el trato dispensado al soldado puede tener trascendencia disciplinaria.

El Alto Tribunal ratifica la sentencia del tribunal militar territorial que ya señalo que la afectada “no dio muestras en ningún momento….de sentirse humillada o envilecida por la palabras del capitán”.

La sentencia del Supremo cuenta con el voto particular de dos de los cinco magistrados que formaban la Sala al entender que el mando tenía que haber sido condenado a cuatro meses de prisión por el delito de abuso de autoridad en su modalidad de trato degradante.

 
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