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Prohibir a los homosexuales donar sangre puede estar justificado, según la justicia europea

'Si los criterios para donar sangre sólo se basan en la orientación sexual estamos ante una discriminación que refuerza el estigma', según ILGA-Europe

Protestas en Washington a favor de los derechos del colectivo LGTB / OLIVIER DOULIERY (AFP)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado hoy que los homosexuales pueden ser excluidos permanentemente de donar sangre si la situación sanitaria de su país lo justifica. Se determina que "se debe demostrar que están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas, como el VIH". Además, corresponderá al país en cuestión probar que "no existen técnicas eficaces de detección para garantizar un alto nivel de protección de la salud de los receptores".

El caso se originó en abril de 2009 cuando un médico rechazó la donación de sangre de Geoffrey Léger por haber mantenido relaciones sexuales con otro hombre. El Derecho francés excluye permanentemente de la donación de sangre a los hombres que han tenido ese tipo de relaciones sexuales. Léger recurrió la normativa y tras pasar por una corte administrativa de Estrasburgo, llegó hasta el Tribunal de Justicia de la UE. 

En su sentencia de hoy el Tribunal declara que la corte de Estrasburgo "deberá determinar si en Francia un hombre que ha tenido relaciones sexuales con otro hombre está expuesto a un elevado riesgo de contraer enfermedades infecciosas graves transmisibles por la sangre" y para ello tendrá que tener en cuenta la situación epidemiológica en Francia.

Según la sentencia, entre 2003 y 2008, casi la totalidad de las infecciones por el VIH fueron causa de una relación sexual. La mitad de las nuevas infecciones afectan a hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres. Además, se detalla que "en ese mismo periodo, estos últimos constituían la población más afectada por la contaminación por el VIH, en un porcentaje 200 veces superior al de la población heterosexual francesa".

Al respecto de la normativa francesa, indica la corte que "puede entrañar una discriminación por razón de la orientación sexual en contra de las personas homosexuales de sexo masculino". El Tribunal, no obstante, no resuelve el litigio, deja en manos de la justicia francesa decidir si esa ley es proporcionada al riesgo y si los datos científicos son suficientes para justificar tal medidad.

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