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Vía libre judicial para investigar el asesinato del jesuita Ellacuría

El Tribunal Supremo ha afirmado la jurisdicción de los tribunales españoles para investigar el asesinato del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas ocurridos en noviembre de 1989 en El Salvador

El jesuita Ignacio Ellacuría.(EFE)

Madrid

El Tribunal Supremo ha resuelto por primera vez que es lo que deben hacer los tribunales españoles cuando ven que un país extranjero no investiga las causas de genocidio o asesinatos que afectan a nuestros nacionales.

El Supremo ha ordenado continuar la investigación en la Audiencia Nacional por el asesinato de seis sacerdotes jesuitas, una empleada doméstica y una hija de ésta, ocurridas el 16 de noviembre de 1989 en la Universidad Centroamericana 'José Simeón Cañas', en El Salvador. Porque, por una parte, alguna de las víctimas tenía la nacionalidad española, además de la salvadoreña, y, por otra parte, lo que supone una novedad sustancial en la jurisprudencia española , porque hay “indicios suficientes” de que el proceso penal desarrollado en su día en El Salvador no garantizó el castigo y persecución efectiva de sus responsables.

El abogado Manuel Olle que lleva esta causa, se felicitaba por la decisión del Supremo: "El alto tribunal dictado una resolución trascendente al asegurar en el El Salvador nunca hubo un juicio con todas las garantías, que fue un juicio farsa, fantasma donde lo que se trató es de aparentar la realización de un juicio para contentar a toda la comunidad internacional".

El Supremo destaca que existen indicios serios y razonables de que “el proceso penal seguido en El Salvador no pretendió realmente que los responsables de los hechos fueran castigados, sino, más bien, su sustracción a la justicia, todo ello acompañado de la ausencia de las garantías necesarias de independencia e imparcialidad".

En ese sentido, el juez Velasco destacó en su exposición razonada las dilaciones por parte de la Comisión de Investigación de Hechos Delictivos en obtener documentos –parte de los cuales pudieron así ser destruidos--; la ocultación de datos al juez instructor por parte de dicha Comisión; la renuncia de los fiscales del caso porque el fiscal general les ordenada no impulsar el procedimiento; las presiones externas durante el juicio oral; o las amenazas denunciadas por los miembros del jurado.

El auto señala que todas esas circunstancias fueron corroboradas en el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de diciembre de 1999.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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