Tribunales

El código penal del PP

En el nuevo texto desaparecen las faltas que eran infracciones leves resueltas por los jueces y se convierten en sanciones administrativas que se pagan con multas que impone la administración

Manifestantes ante el Congreso de los Diputados, en Madrid, que han convocado a una sentada con la boca tapada en protesta por la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Ciudadana y la reforma del Código Penal. / Alberto Martín EFE

Madrid

El Código Penal, iniciativa de Gallardón, inicia este miércoles su andadura después de una tramitación cargada de reproches de todos los partidos de la oposición, con la denuncia de improvisación por parte de jueces y fiscales, con la incertidumbre de si provocará un colapso en los juzgados al suprimir las faltas y con la previsión de que el Tribunal Constitucional se tendrá que pronunciar sobre uno de sus artículos más polémicos: la prisión permanente revisable. El ministerio de Justicia asegura, por el contrario, que el nuevo texto refuerza los derechos de las víctimas, mejora la proporcionalidad de la penas al tiempo que actualiza las herramientas para castigar la corrupción y crea delitos específicos para combatir el yihadismo radical.

En el nuevo texto desaparecen las faltas que eran infracciones leves que resolvían los jueces y se convierten en sanciones administrativas que se pagan con dinero y que impone la administración. Los jueces sólo podrán intervenir si el sancionado presenta un recurso.

La primera consecuencia que tendrá la entrada en vigor del nuevo Código es que los juzgados tendrán que revisar más de 3 millones de infracciones que antes eran consideradas faltas y que ahora al desaparecer este artículo del nuevo texto, provocará el archivo de miles de expedientes para favorecer al condenado con la pena más baja posible, entre ellas la que se sigue contra Esperanza Aguirre.

Las mayor parte de estas faltas pasarán a ser sanciones administrativas castigadas con multas que impondrá la administración (Interior, delegación del gobierno, etc. ) y que solo a posteriori será posible la intervención del juez si la persona sancionada presenta un recurso.

Uno de los artículos del código penal que más protestas ha suscitado y sobre el que tendrá que pronunciarse el Tribunal Constitucional es la prisión permanente revisable.

La norma prevé que las penas sean revisadas, tras el cumplimiento de 25 a 35 años, para verificar si el pronóstico del preso es favorable a la reinserción social. Los jueces examinarán si debe mantenérsele en prisión cada dos años de oficio o a petición del recluso.

Para la oposición parlamentaria y las asociaciones de jueces y fiscales este artículo es inconstitucional porque se trata de una " cadena perpetua soterrada" que está prohibida por la Carta Magna.

El ministerio de Justicia explica, en cambio, que este delito sigue la senda de otros países europeos que también lo incorporan y que es proporcionado porque se aplica a los casos de excepcional gravedad como el terrorismo, los asesinatos en serie o delitos contra menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.

Estos son los principales cambios

1. Faltas. Se elimina el libro dedicado a las faltas, que pasan a ser delitos leves o sanciones administrativas.

2. Prisión permanente revisable. Autoriza al juez a evaluar si el pronóstico de reinserción del preso es favorable y puede quedar en libertad después de la condena de más de 25 años.

3. Delitos de corrupción aumentan las penas de inhabilitación para empleo o cargo público

4. Financiación ilegal de Partidos. Se castigará con cárcel a los españoles que acepten o entreguen donaciones superiores a los 500.000 euros, o de 100.000 euros si son extranjeros. Pena de hasta cinco años de prisión.

5. Delitos de odio. Penas de hasta cuatro años de prisión por actos que lesionen la dignidad, la humillación y el menosprecio a las personas por motivos racistas, antisemitas, de orientación sexual o por enfermedad.

6. Propiedad intelectual. Se perseguirá la distribución y comunicación pública de material protegido aunque el infractor no se enriquezca mediante el cobro de la descarga. El juez podrá bloquear las páginas.

7. 16 años para el consentimiento sexual. La norma determina que realizar actos de carácter sexual con menores de 16 años se considera como un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.

8. Compartir vídeos íntimos sin permiso en la red será delito, aunque la grabación se hubiera realizado con el consentimiento de la víctima. Tendrán una pena de cárcel de tres meses a un año.

9. Defensa de los menores. Aumentarán las penas para la prostitución de menores o incapaces, mientras que se castigará a quien contacte con un adolescente, menor de 16 años, a través de las nuevas tecnologías para intentar que facilite imágenes pornográficas. Además, se regulará el "hostigamiento" mediante llamadas telefónicas o seguimientos a una persona, que en muchas ocasiones no podía perseguirse como delito de amenazas o coacciones al no haber violencia.

10. Hurto y robo. El límite del hurto pasa de 400 a 500 euros y se aumenta la persecución de multirreincidentes, butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico. El hurto estará castigado con una pena de uno a tres años de prisión y el robo de 2 a 5 años de prisión

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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