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La carrera por la independencia en diez etapas

El programa de Junts pel Sí detalla los pasos políticos y jurídicos necesarios para lo grar la independencia; son estos

Los asistentes iluminan con sus teléfonos móviles el mitin de final de campaña de Junts pel Sí en Barcelona / Alberto Estévez (EFE)

Barcelona

El programa electoral de Junts pel Sí detalla en su primer bloque la apuesta por la independencia, los plazos para llevarla a cabo siempre que cuenten con mayoría absoluta de escaños en el parlamento catalán, y los distintos pasos políticos y jurídicos necesarios. Son los que siguen:

  1. Nuevo parlamento catalán: declaración solemne. El parlamento catalán, recién constituido, aprobará una declaración solemne en la cual se proclamará que, en virtud del mandato recibido de la ciudadanía, comienza el proceso de independencia. En la declaración se informará sobre el inicio del proceso a las autoridades del Estado español, de Europa y de la comunidad internacional.
  2. Mandato para preparar la estructuras de Estado. La declaración dará un mandato al parlamento catalán para que adopte las medidas necesarias para implementar los acuerdos recogidos en la declaración. Durante este periodo se prepararán las estructuras de Estado imprescindibles para ejercer la plena soberanía en todos los asuntos en que hoy la Generalitat todavía no la ejerce.
  3. Elaboración de la Constitución del nuevo Estado. Inmediatamente después de la declaración del inicio del proceso de constitución del nuevo estado, comienza el proceso para la elaboración de la Constitución del nuevo estado en la primera de las dos fases: la participación ciudadana, una fase gestionada por la sociedad civil y aún no regulada jurídicamente.
  4. Negociación con el Gobierno central. Las prioridades del nuevo Gobierno catalán serán la puesta en marcha de las estructuras de Estado y el inicio de negociaciones con el Estado. "En el caso de que el Estado Español mediante decisiones políticas o jurídicas bloquee el autogobierno de Cataluña, el Gobierno y el parlamento procederán a la proclamación de la independencia y a la aprobación de la Ley de Transitoriedad jurídica", señala el programa electoral.
  5. Proclamación de independencia; desconexión del ordenamiento jurídico español. Culminada la primera etapa se procederá a la proclamación de la independencia a partir de la desconexión respecto del ordenamiento jurídico español vigente.
  6. Ley de Transitoriedad jurídica. Inmediatamente después de la declaración de la proclamación de independencia, el parlamento aprobará la Ley de transitoriedad jurídica que ha de regular de manera provisional los elementos estructurales del nuevo Estado y la continuidad y sucesión ordenada de las administraciones.
  7. Cuatro derechos aplicables en el nuevo Estado. A estos efectos, la Ley declarará la continuidad, salvo excepciones, de la aplicación del derecho autonómico catalán, del derecho español, del derecho de la UE y del derecho internacional.
  8. Integración de funcionarios del Estado en la administración catalana. La Ley de Transitoriedad también prevé la continuidad de los contratos del estado y de la Generalitat y la posibilidad de que los funcionarios y el personal laboral que presta sus servicios en la administración del Estado en Cataluña puedan integrarse en la administración del nuevo Estado.
  9. Ley del Proceso Constituyente. Tras aprobar la Ley de Transitoriedad, se aprobará la Ley del Proceso Constituyente que regulará la fase parlamentaria y referendaria del proceso de elaboración y aprobación de la Constitución así como el encaje de la participación ciudadana y de los resultados obtenidos en la primera fase del proceso constituyente.
  10. Elecciones constituyentes. Posteriormente se iniciará la segunda fase del proceso de elaboración de la Constitución del nuevo Estado independiente con la convocatoria de unas elecciones constituyentes en un periodo máximo de 18 meses desde la celebración de las elecciones del 27 de septiembre.

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