“El Parlamento catalán no puede fundar un nuevo orden político”
El pleno del Tribunal Constitucional ha sentenciado que el acuerdo del Parlament que inicia el camino a la independencia “desconoce y vulnera” la Constitución y el Estatuto de Autonomía
Los once jueces por unanimidad describen que la resolución parlamentaria se arroga un poder que no tiene y que le libera de toda atadura jurídica, es decir, de acatar la ley como todos los ciudadanos españoles. Los jueces aseguran que la Cámara autonómica puede solicitar la reforma de la Constitución, pero “no puede “arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad".
Si actúan así, precisan los once jueces, el Parlamento catalán "socavaría su propio fundamento constitucional y su Estatuto al sustraerse de toda vinculación a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Los jueces aseguran que las decisiones del Parlament son “un expreso rechazo a la fuerza de obligar a la Constitución” y reprochan que ese poder irreal pretende “fundar un nuevo orden político, liberado por tanto de toda atadura jurídica”.
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La soberanía de la nación, insiste el Tribunal de garantías, reside solo en el pueblo español, no en una parte del pueblo español, lo que conlleva necesariamente su unidad y es la esencia misma del Estado social y democrático de Derecho. El Pleno, a lo largo de las 33 páginas de la sentencia, presenta a la CE "como norma incondicionada y condicionante de cualesquiera otras en nuestro ordenamiento". Es por tanto, una "norma superior a la que todos, ciudadanos y poderes públicos, quedan sujetos.
La sentencia, no contiene apercibimiento ni advertencia alguna a los firmantes de la resolución en caso de incumplimiento y justifica que en solo 21 días hayan resuelto el recurso porque así lo exige la "trascendencia constitucional" del mismo.
La Constitución garantiza la capacidad de las Comunidades Autónomas de adoptar sus propias políticas en el marco constitucional y estatutario. "Es su cúspide, pero en ningún caso puede ser considerado como límite de la democracia, sino como su garantía misma". De ahí que los magistrados TC reiteren que la Constitución no es una ley perpetua sino que admite su total revisión, pero los cauces formales.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...