El Supremo autoriza el reparto de casi un millón de sobres electorales de Vox con los colores de la bandera española
La Junta Electoral Central había paralizado el envío de esta propaganda electoral al considerar que se estaba vulnerando la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y la normativa sobre el uso de la enseña
Madrid
El Supremo considera que concurren las circunstancias de especial urgencia para resolver sobre la suspensión cautelarísima del acuerdo de la Junta ya que las elecciones a las que se refiere la propaganda de Vox se celebran el próximo día 20, por lo que de no atenderse la pretensión se generaría un perjuicio de difícil reparación en caso de que se dé la razón al partido sobre el fondo del asunto.
En cualquier caso, el auto destaca que la Junta Electoral Central no ha adoptado bien esa decisión basándose en la ley electoral porque se trata de un acto de propaganda electoral, como queda claro en los propios sobres.
La Sala de Lo Contencioso- Administrativo señala que el envío de un sobre indicando “propaganda electoral” con los colores de la Bandera de España no es algo prohibido, ya que esa indicación responde a la normativa reguladora esos envíos.
El Supremo destaca que no es el ámbito de esta pieza de suspensión cautelarísima el adecuado para pronunciarse sobre el fondo de los preceptos constitucionales esgrimidos como lesionados, pero deja constancia de que puede estar concernido el derecho de sufragio.