La justicia avala la difusión de informaciones sobre Francisco Camps
Una jueza de Valencia rechaza la petición del expresidente de la Generalitat de prohibir a la Cadena SER divulgar informaciones que vinculan a Camps con el 'caso Imelsa' por la presunta financiación irregular del Partido Popular. La magistrada desestima las medidas cautelares limitativas de la libertad de información.
Madrid
Francisco Camps intentó frenar la información de la Cadena SER que le implicaba, presuntamente, como responsable en la cadena de cobros irregulares para la financiación del Partido Popular, pero la juez le ha contestado que no hay ninguna razón legal para impedir la publicación de hechos “que inciden de manera tan amplias en la libertad de información”.
Apoyo del fiscal
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La juez ha contado en todo momento con el apoyo del fiscal y reconoce que el principio de publicidad de la Justicia "fortalece la confianza del ciudadano en la misma". Añade que "no pude inferirse que las noticias que se pretenden difundir hayan sido obtenidas por medio de acceso a los datos del sumario (no hay por tanto delito de relevación de secretos)".
De madrugada
Francisco Camps intentó frenar la información de madrugada. Después de que la redacción de los Servicios Informativos de la Cadena SER le informara, buscando su versión de los hechos, de que se iba a emitir una noticia que le afectaba, el expresidente de la Generalitat presentó una denuncia en el juzgado de guardia de Valencia por delitos de revelación de secretos con la petición cautelar urgente para paralizar dicha información.
El Juzgado de Instrucción 13 de Valencia ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por el expresidente de la Generalitat por un delito de revelación de secretos que, según él, habrían cometido la Guardia Civil, la Fiscalía o el Juzgado Instructor.
Camps solicitaba, igualmente, que esa prohibición, que afectaba a “cualquier tipo de conversación, comentario o referencia que implique o mencione al denunciante (…) de cualquier manera, aún de forma indirecta o mero comentario o conjetura”, se hiciera extensiva a otros medios de comunicación que pudieran tener acceso a datos protegidos por el secreto de sumario que rige sobre el caso Imelsa o sobre aquellas diligencias relacionadas con el mismo que pudieran abrirse en otros tribunales por razón de competencia territorial o material.
La magistrada considera que la información que ha facilitado el Juzgado instructor, a través del gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sobre esta causa, en la que se investigan adjudicaciones fraudulentas en varias administraciones públicas a cambio de comisiones ilegales, está amparada por el Protocolo de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial.
De conformidad con el criterio de la fiscal, el Juzgado de Instrucción 13 denegó la adopción de la medida cautelar limitativa de la libertad de información solicitada por Camps por entender que “cualquier norma limitativa de derechos solo puede ser interpretada restrictivamente”.
Y en este caso, añade la magistrada, “no concurre ninguna razón ni motivo acreditado alguno que determine ni justifique la adopción de medida cautelar alguna”.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...