Declarada inconstitucional la ley que prohíbe el fracking en Cataluña
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la Ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña, al entender que invaden competencias del Estado
Madrid
El tribunal de Garantías anula el artículo que prohíbe el uso de la fractura hidráulica o 'fracking' en la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos.
Tal y como ha afirmado el Tribunal en las sentencias anteriores que resolvieron los recursos contra las leyes que prohibieron el 'fracking' en Cantabria, La Rioja y Navarra, la autorización de la fracturación hidráulica con sujeción a requisitos técnicos y a la previa declaración de su impacto en el medio ambiente son requisitos que corresponde establecer al Estado en virtud de sus competencias tanto en materia de planificación económica como en el régimen minero y energético y de protección del medio ambiente
Asimismo, el Pleno señaló que las competencias autonómicas sobre ordenación del territorio y medio ambiente no justifican la prohibición del fracking, al no poder prevalecer sobre la competencia exclusiva del Estado en materia de régimen minero y energético y de ordenación general de la economía.
En el caso de la norma catalana impugnada, la sentencia señala que ni desarrolla ni complementa la legislación estatal, sino que la “reformula bajo una perspectiva radicalmente distinta”. De hecho, según las bases estatales, “la fracturación hidráulica como tecnología debe utilizarse siempre que el proyecto cumpla determinados requisitos de carácter técnico y medioambiental”; mientras que la ley autonómica “la contempla en sentido inverso como tecnología que debe prohibirse por sus posibles efectos perjudiciales ante cualquiera de las múltiples circunstancias enunciadas”.
Es decir, la norma impugnada “da pie a una interpretación manifiestamente contraria a la legislación básica estatal” pues el 'fracking' “queda prohibido con carácter absoluto en el territorio de Cataluña siempre que su utilización concierna cualquier ‘ámbito competencial’ de la Generalitat”.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...