Tribunales

El Tribunal Supremo absuelve a Millet y Montull por el caso del hotel del Palau

La Sala Penal del Supremo ha anulado la condena de un año de prisión impuesta por la Audiencia de Barcelona al ex presidente de la Fundación Palau de la Música Catalana, Félix Millet, y al ex director de la Fundación, Jordi Montull, por utilizar sus influencias para la construcción de un hotel de lujo cercano al Palau, un proyecto que nunca se llegó a realizar porque el expediente caduco

El Supremo sí ve delito en la exigencia de dinero al empresario que iba a construir el hotelACN

Madrid

El alto tribunal anula la sentencia de la Audiencia de Barcelona, a la que había ordenado redactar un nuevo fallo, debido a la irrelevancia de las gestiones que realizaron Millet Y Montull para que se tramitara la modificación del Plan General Metropolitano con el que se pretendía convertir un terreno para equipamientos en un terreno residencial. Después venderlo al empresario Manuel Valderrama y construir un hotel.

El Supremo dice que “carece de sentido” sostener que Millet y Montull influyeron en funcionarios de la antigua cúpula de Urbanismo de Barcelona para llevar a cabo la operación inmobiliaria y anula por tanto la sentencia que les condeno a un año de cárcel, aunque la fiscalía llego a solicitar 10 años y dos meses de prisión para los ex responsables del Palau y 4 años y siete meses de prisión para los otros cuatro acusados: el exconcejal de Urbanismo Ramón García-Bragado, el exgerente de este área Ramón Massaguer, el ex responsable de los servicios jurídicos municipales, Enric Lambies, y el arquitecto del proyecto, Carlos Díaz.

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La Audiencia declaró probado que Montull, con la ayuda de Millet, exigió y logró de Valderrama la entrega de 895.000 euros a fin de que, durante la tramitación de la modificación puntual del Plan General Metropolitano, la Fundación Palau de la Música siguiera apareciendo como patrono.

El Supremo sí ve delito, en cambio, en la exigencia de dinero al empresario que iba a construir el hotel, aunque este delito no es perseguible porque cuando sucedieron los hechos no estaba incluido como tal delito en el código penal.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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